Contabilización de la liquidación de Seguros Sociales

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Contabilización de la liquidación de Seguros Sociales

Descripción

Toda empresa que tenga en su haber trabajadores por cuenta ajena, está obligada a liquidar el importe acumulado en concepto de Seguros sociales (tanto cuota obrera como cuota patronal).

La liquidación de los Seguros Sociales se hace un mes después de la contabilización de las nóminas correspondientes, es decir si una empresa contabiliza la nómina de sus empleados el 30/10/XX y la suma del importe en concepto de seguros sociales asciende a 1.312 euros, no tendrá que hacer efectiva dicha cantidad hasta el 30/11/XX.

El asiento en la fecha de pago será el siguiente:

Asiento contable

Debe Haber
1.312 (476) Org. de la S.S. acreedores
a
(572) Bancos 1.312

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