Infografia resumen de contabilización de modelos de hacienda y seguridad social
Asientos contables Infografia resumen de contabilización de modelos de hacienda y seguridad social
Retenciones, impuesto de sociedades, impuesto sobre el valor añadido, seguros sociales... Todas las empresas han de cumplir sus obligaciones tributarias, y por tanto, deben reflejar en su contabilidad esta realidad.
La siguiente infografía refleja los asientos más relevantes para tu empresa en materia de tributos y seguros sociales. Sin olvidar los plazos de presentación de estos modelos.
A fondo:
Contabilizar modelos de Hacienda y Seguridad Social
1. Retenciones e ingresos a cuenta: modelos 111 y 115
Engloba los siguientes modelos:
- Modelo 111: Retenciones e ingresos a cuenta del IRPF.
- Modelo 115: Retenciones e ingresos a cuenta procedentes de arrendamientos de inmuebles urbanos.
En cuanto a los plazos de presentación:
- 1er trimestre: del 1 al 20 de abril.
- 2do trimestre: del 1 al 20 de julio.
- 3er trimestre: del 1 al 20 de octubre.
- 4to trimestre: del 1 al 20 de enero.
Los asientos de contabilización por las retenciones de trabajadores, profesionales y alquileres serían:
Debe |
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Haber |
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( 47511 ) Retenciones profesionales |
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( 47512 ) Retenciones trabajadores |
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( 47513 ) Alquileres |
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a |
( 4751 ) Hacienda Pública, acreedora por retenciones practicadas |
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Debe |
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Haber |
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( 4751 ) Hacienda Pública, acreedora por retenciones practicadas |
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a |
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2. Impuesto sobre sociedades: modelo 200
Los asientos hacen referencia al siguiente modelo:
En cuanto al plazo de presentación:
- Del 1 al 25 de julio si la actividad de la empresa coincide con el año natural.
- Si no coincide con el año natural, en los 25 días siguientes a los seis meses del cierre del ejercicio.
2.1. Beneficios, a pagar
A 31 de diciembre, una vez obtenida la cuota a pagar, se realizará el siguiente asiento:
Debe |
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Haber |
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( 6300 ) Impuesto corriente |
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a |
( 4752 ) Hacienda Pública, acreedora por impuesto sobre sociedades |
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Del 1 al 25 de julio, por el pago del impuesto de sociedades:
Debe |
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Haber |
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( 4752 ) Hacienda Pública, acreedora por impuesto sobre sociedades |
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a |
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2.2. Pérdidas
Se reconoce contablemente el crédito fiscal basado en resultados negativos del ejercicio a la espera de compensar con futuros beneficios, durante un plazo máximo de 18 años:
Debe |
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Haber |
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( 4745 ) Crédito por pérdidas a compensar del ejercicio |
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a |
( 4752 ) Hacienda Pública, acreedora por impuesto sobre sociedades |
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Otra opción sería compensar las pérdidas del ejercicio con reservas voluntarias:
Debe |
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Haber |
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( 113 ) Reservas voluntarias |
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a |
( 129 ) Resultados del ejercicio |
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3. Impuesto sobre el Valor Añadido: modelo 303
Los asientos hacen referencia al siguiente modelo:
En cuanto a los plazos de presentación:
- 1er trimestre: del 1 al 20 de abril.
- 2do trimestre: del 1 al 20 de julio.
- 3er trimestre: del 1 al 20 de octubre.
- 4to trimestre: del 1 al 30 de enero.
3.1. A pagar
Cuando se produce exceso de IVA repercutido sobre el IVA soportado deducible:
Debe |
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Haber |
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( 477 ) Hacienda Pública, IVA repercutido |
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a |
( 472 ) Hacienda Pública, IVA soportado |
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( 4750 ) Hacienda Pública, acreedora por IVA |
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Debe |
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Haber |
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( 4750 ) Hacienda Pública, acreedora por IVA |
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a |
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3.2. A devolver
Cuando se produce exceso de IVA soportado deducible sobre IVA repercutido:
Debe |
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Haber |
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( 477 ) Hacienda Pública, IVA repercutido |
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( 4700 ) Hacienda Pública, deudora por IVA |
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a |
( 472 ) Hacienda Pública, IVA soportado |
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Debe |
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Haber |
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a |
( 4700 ) Hacienda Pública, deudora por IVA |
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4. Seguros Sociales: relación nominal de trabajadores o tc2/1
Los asientos hacen referencia al siguiente modelo:
- tc2/1: Relación norminal de trabajadores
En cuanto al plazo de presentación:
- El importe de la Seguridad Social a cargo de la empresa se devenga al pago de las nóminas de los trabajadores.
- La liquidación (pago) de los seguros sociales se realiza un mes después de la contabilización de las nóminas.
Se contabilizan los seguros sociales:
Debe |
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Haber |
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( 642 ) Seguridad Social a cargo de la empresa |
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a |
( 476 ) Organismos de la Seguridad Social, acreedores |
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Al mes siguiente se efectúa el pago de los seguros sociales:
Debe |
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Haber |
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( 476 ) Organismos de la Seguridad Social, acreedores |
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a |
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