Infografia resumen de contabilización de modelos de hacienda y seguridad social

Infografia resumen de contabilización de modelos de hacienda y seguridad social
Retenciones, impuesto de sociedades, impuesto sobre el valor añadido, seguros sociales... Todas las empresas han de cumplir sus obligaciones tributarias, y por tanto, deben reflejar en su contabilidad esta realidad.

La siguiente infografía refleja los asientos más relevantes para tu empresa en materia de tributos y seguros sociales. Sin olvidar los plazos de presentación de estos modelos.
A fondo: Infografía para contabilizar modelos de hacienda y seguridad social

Contabilizar modelos de Hacienda y Seguridad Social

1. Retenciones e ingresos a cuenta: modelos 111 y 115

Engloba los siguientes modelos:

  • Modelo 111: Retenciones e ingresos a cuenta del IRPF.
  • Modelo 115: Retenciones e ingresos a cuenta procedentes de arrendamientos de inmuebles urbanos.

En cuanto a los plazos de presentación:

  • 1er trimestre: del 1 al 20 de abril.
  • 2do trimestre: del 1 al 20 de julio.
  • 3er trimestre: del 1 al 20 de octubre.
  • 4to trimestre: del 1 al 20 de enero.

Los asientos de contabilización por las retenciones de trabajadores, profesionales y alquileres serían:

Debe Haber
  ( 47511 ) Retenciones profesionales
  ( 47512 ) Retenciones trabajadores
  ( 47513 ) Alquileres
a
( 4751 ) Hacienda Pública, acreedora por retenciones practicadas  
Debe Haber
  ( 4751 ) Hacienda Pública, acreedora por retenciones practicadas
a
( 572 ) Bancos c/c  

2. Impuesto sobre sociedades: modelo 200

Los asientos hacen referencia al siguiente modelo:

En cuanto al plazo de presentación:

  • Del 1 al 25 de julio si la actividad de la empresa coincide con el año natural.
  • Si no coincide con el año natural, en los 25 días siguientes a los seis meses del cierre del ejercicio.

2.1. Beneficios, a pagar

A 31 de diciembre, una vez obtenida la cuota a pagar, se realizará el siguiente asiento:

Debe Haber
  ( 6300 ) Impuesto corriente
a
( 4752 ) Hacienda Pública, acreedora por impuesto sobre sociedades  

Del 1 al 25 de julio, por el pago del impuesto de sociedades:

Debe Haber
  ( 4752 ) Hacienda Pública, acreedora por impuesto sobre sociedades
a
( 572 ) Bancos c/c  

2.2. Pérdidas

Se reconoce contablemente el crédito fiscal basado en resultados negativos del ejercicio a la espera de compensar con futuros beneficios, durante un plazo máximo de 18 años:

Debe Haber
  ( 4745 ) Crédito por pérdidas a compensar del ejercicio
a
( 4752 ) Hacienda Pública, acreedora por impuesto sobre sociedades  

Otra opción sería compensar las pérdidas del ejercicio con reservas voluntarias:

Debe Haber
  ( 113 ) Reservas voluntarias
a
( 129 ) Resultados del ejercicio  

3. Impuesto sobre el Valor Añadido: modelo 303

Los asientos hacen referencia al siguiente modelo:

En cuanto a los plazos de presentación:

  • 1er trimestre: del 1 al 20 de abril.
  • 2do trimestre: del 1 al 20 de julio.
  • 3er trimestre: del 1 al 20 de octubre.
  • 4to trimestre: del 1 al 30 de enero.

3.1. A pagar

Cuando se produce exceso de IVA repercutido sobre el IVA soportado deducible:

Debe Haber
  ( 477 ) Hacienda Pública, IVA repercutido
a
( 472 ) Hacienda Pública, IVA soportado  
( 4750 ) Hacienda Pública, acreedora por IVA  
Debe Haber
  ( 4750 ) Hacienda Pública, acreedora por IVA
a
( 572 ) Bancos c/c  

3.2. A devolver

Cuando se produce exceso de IVA soportado deducible sobre IVA repercutido:

Debe Haber
  ( 477 ) Hacienda Pública, IVA repercutido
  ( 4700 ) Hacienda Pública, deudora por IVA
a
( 472 ) Hacienda Pública, IVA soportado  
Debe Haber
  ( 572 ) Bancos c/c
a
( 4700 ) Hacienda Pública, deudora por IVA  

4. Seguros Sociales: relación nominal de trabajadores o tc2/1

Los asientos hacen referencia al siguiente modelo:

  • tc2/1: Relación norminal de trabajadores

En cuanto al plazo de presentación:

  • El importe de la Seguridad Social a cargo de la empresa se devenga al pago de las nóminas de los trabajadores.
  • La liquidación (pago) de los seguros sociales se realiza un mes después de la contabilización de las nóminas.

Se contabilizan los seguros sociales:

Debe Haber
  ( 642 ) Seguridad Social a cargo de la empresa
a
( 476 ) Organismos de la Seguridad Social, acreedores  

Al mes siguiente se efectúa el pago de los seguros sociales:

Debe Haber
  ( 476 ) Organismos de la Seguridad Social, acreedores
a
( 572 ) Bancos c/c  

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