Capitalización de gastos financieros

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Capitalización de gastos financieros
Autor: Centro de Estudios Financieros (CEF)

La Norma de Registro y Valoración 2ª del Plan General Contable establece lo siguiente::

“En los inmovilizados que necesiten un período de tiempo superior a un año para estar en condiciones de uso, se incluirán en el precio de adquisición o coste de producción los gastos financieros que se hayan devengado antes de la puesta en condiciones de funcionamiento del inmovilizado material y que hayan sido girados por el proveedor o correspondan a préstamos u otro tipo de financiación ajena, específica o genérica, directamente atribuible a la adquisición, fabricación o construcción.”

Contabilización de la capitalización de los gastos financieros

Una empresa comienza a través de una constructora la construcción de un nuevo edificio para lo que solicita un préstamo con las siguientes características:

  • Fecha de la concesión: 1 de noviembre de 2010.
  • Importe del préstamo: 5.000.000 euros.
  • Tipo de interés: 6% anual el primer año y Euribor + 2% los siguientes, con liquidación anual de intereses.
  • Reembolso o amortización: 15 años con los dos primeros de carencia.

Como el préstamo no lo va a necesitar hasta que la empresa constructora vaya presentado certificaciones de obra, decide contratar el día 2 de noviembre de 20X0 una imposición a plazo de 24 meses al 3% anual con liquidación mensual de intereses. No obstante por la parte que se retire en concepto de pago a la constructora el tipo de interés será del 1,8%

La empresa constructora presenta una certificación a finales de noviembre de 20X0 por 250.000 euros que se han pagado el 4 de diciembre y en diciembre presenta otra por 200.000 euros.

En el caso que nos ocupa el plazo para que la construcción esté en condiciones de uso es de 2 años (24 meses), por lo que sería obligatoria la activación de los gastos financieros devengados durante el ejercicio 20X0. Lo que hay que tener claro es qué importe de esos gastos deben activarse como mayor valor del inmovilizado teniendo en cuenta que la financiación obtenida ha sido invertida y se están obteniendo ingresos financieros.

De acuerdo con lo establecido en la consulta 4 del BOICAC nº 36, de diciembre de 1998:

"...los gastos financieros derivados de fuentes de financiación ajena que transitoriamente no se apliquen a la inversión del inmovilizado en curso para la que se obtuvieron, no pueden capitalizarse y deben considerarse un gasto financiero del ejercicio en que se produzcan...

En relación con los ingresos financieros, en la respuesta se precisa que deben lucir en la cuenta de pérdidas y ganancias."

Por otro lado la respuesta a la onsulta 3 del BOICAC nº 79 de septiembre de 2009, viene a ratificar lo establecido en la consulta mencionada anteriormente, estableciendo que los ingresos financieros deben lucir en la cuenta de pérdidas y ganancias y que los gastos devengados durante el periodo transitorio en que se ha invertido la financiación ajena no deben activarse como mayor valor del inmovilizado en curso.

Asientos contables

1. Por la concesión del préstamo (01/11/20X0)

Debe Haber
5.000.000 ( 572 ) Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros
a
( 170 ) Deudas a largo plazo con entidades de crédito 5.000.000

2. Por la constitución del déposito (02/11/20X0)

Debe Haber
5.000.000 ( 258 ) Imposiciones a largo plazo
a
( 572 ) Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros 5.000.000

3. Certificación de obra (30/11/20X0)

Debe Haber
250.000 ( ) Construcciones en curso
a
( 523 ) Proveedores de inmovilizado a corto plazo 250.000

4. Por el cobro de intereses y retirada de fondos (02/12/20X0)

Debe Haber
12.250 ( 572 ) Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros
a
( 762 ) Ingresos de créditos
(4.750.000 x 3% x 1/12 + 250.000 x 1.8% x 1/12)
12.250
Debe Haber
250.000 ( 572 ) Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros
a
( 258 ) Imposiciones a largo plazo 250.000

5. Por el pago a la constructora (04/12/20X0)

Debe Haber
250.000 ( 523 ) Proveedores de inmovilizado a corto plazo
a
( 572 ) Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros 250.000

6. Certificación de obra (31/12/20X0)

Debe Haber
200.000 ( ) Construcciones en curso
a
( 523 ) Proveedores de inmovilizado a corto plazo 200.000

7. Devengo de intereses del depósito

Debe Haber
11.675 ( 547 ) () Intereses a corto plazo de créditos
a
( 762 ) () Ingresos de créditos
(4.550.000 x 3% x 1/12 + 200.000 x 1,8% x 1/12)
11.675

8. Devengo de intereses del préstamo

Debe Haber
50.000 ( 662 ) Intereses de deudas
(5.000.000 x 6% x 2/12)
a
( 527 ) Intereses a corto plazo de deudas con entidades de crédito 50.000

9. Activación de gastos financieros

Debe Haber
1.250
( ) Construcciones en curso
a
( 76 ) Incorporación al activo de gastos financieros
(250.000 x 6% x 1/12)
1.250

El importe de los gastos financieros que se deberá activar será, únicamente, la parte de los gastos devengados durante el mes de diciembre por los 250.000 euros de la certificación de obra presentada a finales del mes de noviembre.

Casos y dudas planteadas por la comunidad

Intereses por aplazamiento en la compra de un inmovilizado

Una empresa compra una máquina con pago aplazado y se plantea si los intereses asociados deben formar parte del valor del inmovilizado.

Los gastos financieros solo se capitalizan cuando cumplen los requisitos previstos para activos que necesitan un período sustancial antes de estar en condiciones de funcionamiento.

Si la máquina ya está disponible para su uso antes de que se devenguen los intereses, esos intereses se registran normalmente como gasto financiero del ejercicio, no como mayor valor del activo.

También debe distinguirse el precio de adquisición del bien de los intereses por aplazamiento posteriores a la entrega. Conforme al artículo 78.2 de la LIVA, la base imponible no incluye los intereses por aplazamiento de pago correspondientes a un período posterior a la operación sujeta.

Activación de gastos financieros en inmovilizado en curso

La duda surge cuando un inmovilizado tarda más de un año en estar en condiciones de uso y se financia mediante deuda.

Los intereses devengados durante el período necesario para preparar el activo pueden incorporarse al inmovilizado en curso si cumplen los requisitos de capitalización.

La activación debe hacerse por los intereses directamente atribuibles a la financiación del activo y solo hasta que este se encuentre en condiciones de funcionamiento utilizando la cuenta (527) Intereses a corto plazo de deudas con entidades de crédito.

Una vez que el activo está listo para su uso, los intereses posteriores se registran como gasto financiero.

Diferencia entre gastos bancarios y gastos financieros

Se plantea la diferencia entre comisiones bancarias por servicios y gastos financieros derivados de deuda o financiación ajena.

Los gastos bancarios por servicios, como mantenimiento de cuenta o comisiones por transferencias, se registran normalmente en la cuenta (626) Servicios bancarios y similares.

Los intereses y costes derivados de la utilización de financiación ajena tienen naturaleza financiera y se registran en cuentas de gastos financieros, como la cuenta (662) Intereses de deudas o la que corresponda.

Limitación fiscal de gastos financieros

Una empresa registra gastos financieros y necesita valorar si son fiscalmente deducibles en su totalidad.

Contablemente, los gastos financieros se reconocen conforme a su devengo y naturaleza. Fiscalmente, puede existir una limitación a la deducibilidad de los gastos financieros netos según la normativa del Impuesto sobre Sociedades, incluyendo las exclusiones previstas en el artículo 15 de la LIS para determinados gastos no deducibles.

Por tanto, el asiento contable no debe confundirse con el ajuste fiscal. El límite de la deducción de los gastos financieros se establece en el 30% del beneficio operativo del ejercicio y se tratará mediante el ajuste extracontable que proceda.

Criterios para incorporar gastos financieros al activo

La duda se refiere a cuándo los gastos financieros pueden incorporarse al precio de adquisición o coste de producción de un inmovilizado.

La capitalización solo procede respecto de gastos financieros directamente atribuibles a activos que necesitan un período de tiempo significativo para estar en condiciones de uso o venta.

El criterio debe documentarse con la financiación utilizada, el período de construcción o preparación y el momento en que el activo queda disponible.

El ICAC ya realiza una aclaración en relación con los criterios de la capitalización de los gastos financieros en el precio de adquisición, Nº de Consulta: 3 Nº de BOICAC: 75/SEPTIEMBRE 2008.

 

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