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Cuestiones sobre el factoring con recursoHemos de tener presente que la modalidad de factoring con recurso mantiene a la empresa cesionaria como responsable subsidiario de pago. Así pues llegado el vencimiento si nuestro cliente no atiende la factura seremos nosotros quienes responderemos subsidiariamente ante la empresa que presta los servicios de factoring. Por otra parte parte cabe destacar que dichos servicios de factoring, en cualquiera de sus modalidades pueden prestarse tanto la modalidad de anticipo de las facturas como en la modalidad de cobro al vencimiento. La cesión de las cuentas a cobrar se produce por el nominal de los créditos, si bien, dicha cesión esta sujeta a la liquidación de los gastos de gestión e intereses, en caso de anticipo, por otra parte en ocasiones nos podemos encontrar con que parte del nominal de los créditos es retenido por la empresa de factoring en previsión de que se produzcan impagados sobre la cartera de créditos cedida. Ejemplo contabilización de un factoringSupongamos que la sociedad NewPyme ha cedido parte de sus facturas a cobrar mediante una operación de factoring con recurso, cuyo valor nominal asciende a 200.000, a la empresa de factoring del Grupo Santander, siendo las siguientes las variables de la operación realizada:
De las anteriores variables se desprende la siguiente liquidación de intereses y gastos:
Hay que recordar que cuanto la entidad financiera es quien cobra los intereses siempre utiliza como denominador 360 días y cuanto los paga 365 o 366 la diferencia es mínima tan sólo unos días de intereses que nos cobra por encima pero en su conjunto supone una gran cantidad de dinero. Así mismo hay que tener en cuenta que para el cálculo de intereses hemos utilizado un procedimiento de liquidación de intereses postpagados, si bien es habitual que el cargo de los intereses a la entidad financiera sea prepagada.
Asientos contables derivados de un contrato de factoringLa contabilización de esta operación es similar al tratamiento de los efectos descontados, ya que al tratarse de un factoring con recurso la empresa retiene sustancialmente los riesgos y beneficios de los derechos de cobro, por lo que seguirá manteniendo el derecho de cobro de tipo comercial y surgirá un pasivo financiero por la financiación obtenida, que no al tener origen comercial se ha de valorar según el criterio del coste amortizado. Obtención del interés efectivo de la operación para la aplicación del criterio del coste amortizado
Contabilización de la reclasificación de los créditos a clientes cedidos a la empresa de factoring
Contabilización de la financiación obtenida, así como los intereses y gastos satisfechosa) Puesto que en el caso del factoring los intereses y gastos se devengan y liquidan en el momento de la contratación, esto es, son prepagados podríamos aplicar todo el gasto al ejercicio en el que se realiza la contratación pues es en este ejercicio donde se liquida dicho gasto. b) Por otra parte podríamos registrar la operación de financiación siguiendo el criterio del coste amortizado, repercutiendo los gastos e intereses devengados en función del período total, esto es desde la fecha de contratación hasta el cierre del ejercicio 20x8 y posteriormente en el ejercicio 20x9 el resto de los gastos. Para ello utilizaremos el tanto de interés efectivo que hemos averiguado inicialmente.
Nota: Una vez imputados todos los intereses devengados por la operación de financiación la cuantía registrada en la cuenta de (5209) Deudas por operaciones de "factoring" es igual a la cuantía registrada en (432) Clientes, operaciones de "factoring" con lo cual al vencimiento de la operación nuestro derecho de cobro sobre los clientes desaparece como forma de pago de la deuda contraída con la empresa de factoring, lo que registraremos del siguiente modo.
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Copyright: NewPyme - Última Revisión: 17 de marzo de 2017 |