| Autor: Centro de Estudios Financieros (CEF) | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
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Características de una sociedad anónimaNormativa, denominación e importe del capital socialLas Sociedades Anónimas están reguladas conforme al Real Decreto Legislativo 1/2010 en el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital. En la denominación de la compañía deberá figurar necesariamente la indicación Sociedad Anónima o su abreviatura SA y el nombre de la sociedad no podrá ser igual a otra ya existente, por lo que se solicitará una certificación negativa de nombre en el Registro Mercantil Central que servirá para acreditar que el nombre propuesto no está siendo utilizado por otra sociedad. El capital social mínimo para crear una S.A. no podrá ser inferior a 60.000 euros, se expresará en esta moneda y estará dividido en una serie de participaciones denominadas acciones. Las acciones en las que se divide el capital social pueden ser nominativas o al portador. En el momento del otorgamiento de la escritura de constitución el capital social deberá estar desembolsado en el al menos un 25% Responsabilidad de los socios (accionistas)La sociedad anónima es una sociedad de tipo capitalista y carácter mercantil, en la que el capital social se integrará por las aportaciones de los socios, quedando limitada su responsabilidad al importe de las acciones adquiridas. No se exige un número mínimo de socios para constituir una sociedad anónima, por lo que nos podemos encontrar con sociedades anónimas con un solo socio llamadas Sociedades Anónimas Unipersonales (S.A.U), tanto porque se constituyeron así o porque ha sobrevenido posteriormente esta situación. Los accionistas pueden ser personas físicas o jurídicas. Teniendo en cuenta que los accionistas no responden personalmente de las futuras deudas sociales, la cifra de capital social es la garantía de los acreedores de la sociedad. De este modo, si los fondos propios, de los que el capital social forma parte, se mantienen de forma continuada por debajo del capital social, la sociedad puede entrar en causa de disolución. Tipos de aportaciones de los sociosLas aportaciones de los socios pueden ser de dos tipos: dinerarias y no dinerarias.
Requisitos para la constitución e inscripción de la sociedad anónimaLa sociedad se constituirá mediante escritura pública, que deberá ser inscrita en el Registro Mercantil del domicilio social, Con la inscripción adquirirá su personalidad jurídica. Escritura de constituciónEn la escritura de constitución de una sociedad anónima se expresará
Órganos de gobierno de una sociedad anónima
Registro contable de la constitución de una sociedad anónimaLos apuntes contables básicos del proceso de constitución de una sociedad anónima son los siguientes: Por la emisión de las acciones
Por la suscripción de las acciones y desembolsos efectuados
Por los desembolsos efectuados y el reconocimiento de los desembolsos pendientes
Por los gastos de constitución
Ejemplo contabilizaciónEl día 1 de abril de 202X se constituye la sociedad anónima "NEWPYME S.A." con un capital social de 100.000 euros dividido en acciones de 1 euro de valor nominal. El desembolso que se realizará en el momento de la suscripción de las acciones es el mínimo previsto legalmente.
A 1 de Abril
A 10 de abril
A 15 de abril
A 1 de septiembre
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Casos y dudas planteadas por la comunidadGastos de constitución de una sociedadAl constituir una sociedad, surge la duda de cómo contabilizar los gastos notariales, registrales y otros desembolsos iniciales. Con el Plan General Contable, los gastos de constitución se imputan directamente al patrimonio neto, normalmente contra la cuenta (113) Reservas voluntarias, sin pasar por la cuenta de pérdidas y ganancias; este criterio sustituye al tratamiento anterior de activación de gastos de constitución. Asiento de constitución y desembolso de capitalLa duda se refiere a si es necesario reflejar por separado la suscripción de capital, los desembolsos pendientes y el ingreso en bancos. En una sociedad anónima debe atenderse a la escritura, al capital suscrito y al importe efectivamente desembolsado. Si existen desembolsos pendientes, deben reflejarse separadamente. Cuando todo el capital se desembolsa de forma inmediata, el asiento puede ser más simple, cargando la tesorería o los bienes aportados y abonando la cuenta (100) Capital Social. Tributación general de sociedades anónimasSe plantea si una sociedad anónima tributa de forma distinta a una sociedad limitada. Ambas sociedades tributan por el Impuesto sobre Sociedades. El tipo aplicable depende de la normativa vigente, la dimensión de la empresa y las circunstancias fiscales que resulten aplicables. La forma jurídica no sustituye al análisis fiscal concreto de la entidad, su actividad y los posibles incentivos o tipos reducidos. Constitución con aportación no dineraria de un inmuebleUna sociedad se constituye mediante aportación no dineraria de un inmueble valorado en escritura y necesita reflejar correctamente el activo y el capital. El inmueble debe registrarse separando, cuando proceda, el valor del terreno y el de la construcción, por ejemplo en las cuentas (210) Terrenos y bienes naturales y (211) Construcciones. La contrapartida será el capital social suscrito, atendiendo al valor recogido en la escritura. Los gastos de constitución se registran directamente en patrimonio neto y debe considerarse su efecto impositivo. Capital social cuando no existe histórico contableUna empresa no dispone de contabilidad anterior fiable y se necesita reconstruir el capital social y el patrimonio neto de partida. El capital social debe comprobarse en la escritura de constitución y en las posteriores modificaciones inscritas. No puede modificarse solo mediante un asiento contable. El patrimonio neto puede ser superior o inferior al capital social por resultados acumulados, aportaciones, pérdidas o deterioros de activos, por lo que conviene reconstruir la situación inicial con documentación mercantil y contable. | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
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