| Autor: Centro de Estudios Financieros (CEF) | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
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1. ¿En qué consiste el descuento de letras de cambio, pagarés bancarios o recibos?En que una entidad financiera adelante a una empresa el importe nominal de la letra de cambio, recibo bancario o pagaré bancario a cobrar, previa deducción de los intereses y comisiones bancarios devengados en su anticipo. Si al vencimiento del efecto comercial, el importe no es abonado por el librado (deudor o cliente de la empresa), la entidad financiera procederá a cargar el importe de los efectos comerciales descontados en nuestra cuenta más los gastos y comisiones generados en la su devolución. A partir de aquí, la empresa podrá actuar de dos formas:
2. Cuentas contables utilizadas para contabilizar el descuento de efectos comercialesEl Plan General de Contabilidad contiene una serie de cuentas para el tratamiento de las letras de cabio, pagarés y su descuento:
3. Contabilización del descuento con endoso y del anticipo sin endosoSupongamos que el día 1 de septiembre se produce una venta de productos terminados por 10.000, más su IVA correspondiente al 21%. La operación se documenta con una letra que tiene vencimiento a 60 días, esto es, el 1 de noviembre. La empresa, ante la necesidad de liquidez, decide descontar la letra en una entidad bancaria que cobra un interés del 6% anual y una comisión de descuento del 1% del valor nominal de la letra. Al 1 de septiembre por la venta y la aceptación de la letra por parte del cliente, suponiendo que la empresa contabiliza la letra de cambio (activo financiero) generado en la operación por el importe de su valor nominal (el que aparece en la letra), ya que el vencimiento es inferior al año, no existen intereses contractuales y el efecto de actualización no es significativo. Contabilización de la venta y recepción del efecto comercialAsiento venta
Asiento contable recepción del efecto comercial
Suponiendo que la liquidación del descuento realizada por la entidad financiera es la siguiente: Intereses: 12.100 x 6% x 2/12 = 121 Para registrar la financiación obtenida, el PGC plantea una doble opción según se desprende de los movimientos propuestos en la cuenta 5208 (quinta parte del plan) que se detallan a continuación:
Descuento de la letra de cambio o pagaré con endoso al bancoSi se lleva a una entidad financiera la letra de cambio para descontarla antes de su vencimiento, los asientos que se registrarán en contabilidad por la financiación recibida serán los siguientes:
Sobre los gastos de la operación financiera, independiente de la denominación que tengan en la liquidación que presenta la entidad financiera, es obvio que tienen naturaleza financiera y como tal han de contabilizarse en la cuenta 665. Intereses por descuento de efectos y operaciones de factoring. Reclasificación del efecto comercial
El librado abona la letra a la entidad financiera a su vencimientoEn este caso procede la eliminación de las cuentas que estén abiertas y que procedan del descuento.
El librado, deudor, no abona la letra a la entidad financiera a su vencimientoEn este caso hay que devolver a la entidad financiera el importe que se recibió más los gastos de devolución, los cuales están sujetos a IVA. Supongamos que estos gastos han sido de 50 €
Reclasificación del efecto
Anticipo sin endoso al banco de la letra de cambio, pagaré o recibo bancarioSi se decide anticipar el importe de la letra mediante el pago periódico de sus intereses hasta llegar a su vencimiento. Esta alternativa está basada en el movimiento a2) de la cuenta 5208 Deudas por efectos descontados:
En este caso, como se podrá apreciar a través del desarrollo de los asientos, la deuda nacerá por su valor razonable y posteriormente se valorará a coste amortizado, situación que parece estar más en consonancia con lo desarrollado en la norma de registro y valoración n.º 9. Contabilización de la recepción de la financiación
Contabilización de la reclasificación del efecto a efectos comerciales descontados
Contabilización de los intereses devengadosA medida que se vayan devengado los intereses de la operación, se imputarán a resultados en función del tipo de interés efectivo, hasta que la deuda alcance su valor de reembolso, en nuestro caso 12.100.
Por último, señalar que al vencimiento de la operación, las situaciones de los registros contables son los mismos que los expuestos en el apartado a). Simuladores y calculadoras relacionadosAsientos contables relacionados | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Casos y dudas planteadas por la comunidadVenta documentada en letra de cambio y descuento bancarioUna empresa vende mercancías documentando el cobro mediante letra de cambio y posteriormente descuenta el efecto en el banco. Primero se reconoce la venta y el crédito frente al cliente. Al formalizar la letra, el crédito puede reclasificarse como efecto comercial a cobrar, por ejemplo desde (431) Clientes, efectos comerciales a cobrar hacia subcuentas específicas como (4311) Efectos comerciales descontados cuando se descuente. Si el efecto se descuenta, la empresa recibe liquidez pero mantiene el riesgo de impago salvo que el descuento sea sin recurso. Por ello debe reflejarse la deuda o responsabilidad frente al banco, normalmente en (5208) Deudas por efectos descontados, junto con los gastos financieros o bancarios del descuento. Efectos comerciales a cobrarLa duda se refiere a cómo tratar contablemente efectos comerciales recibidos de clientes. Los efectos comerciales representan derechos de cobro documentados. Pueden registrarse en cuentas específicas de efectos a cobrar para diferenciarlos de facturas ordinarias pendientes; recuerda que las letras aceptadas y los pagarés se enmarcan en la Ley Cambiaria y del Cheque como efectos de crédito. Cuando se cobren, se cancelará el derecho. Si se descuentan o resultan impagados, habrá que registrar el movimiento financiero así como la reclasificación correspondiente. Descuento de efectos comercialesAl descontar efectos en una entidad financiera, la empresa obtiene efectivo antes del vencimiento y soporta intereses o comisiones. El descuento debe reflejar la entrada de tesorería, por ejemplo en (572) Bancos, los gastos bancarios o financieros, como (626) Servicios bancarios y similares cuando sean comisiones, y la deuda o riesgo asociado hasta el vencimiento del efecto, si el banco puede reclamar el importe en caso de impago. Al vencimiento se cancela la deuda asociada si el cliente paga correctamente. Si hay impago, se reclasifica el crédito y se registran los gastos que procedan. Línea bancaria de descuento de efectosUna empresa utiliza una línea de descuento para anticipar el cobro de varios efectos comerciales. Cada remesa debe controlarse con su fecha de vencimiento, importe anticipado, intereses, comisiones y riesgo pendiente. La línea bancaria de descuento no es lo mismo que una cuenta de crédito, que podría registrarse en (5201) Deudas a corto plazo por crédito dispuesto; el descuento no elimina el crédito comercial hasta que el cliente paga o el riesgo queda liberado. La conciliación entre efectos descontados, deuda bancaria y cobros al vencimiento es clave para evitar duplicidades o saldos pendientes incorrectos. Letras descontadas y coste amortizadoLa duda surge al valorar letras descontadas y el coste financiero asociado al descuento. Si el descuento tiene componente financiero significativo, el coste debe reconocerse conforme al devengo, atendiendo al período hasta el vencimiento y a la sustancia de la operación. En operaciones habituales de corto plazo, el registro puede simplificarse, pero debe mantenerse la separación entre nominal del efecto, efectivo recibido y gastos financieros. | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
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