6443 - Otros

Descripción
Cualquier otro gasto por tributos no contemplados en las subcuentas precedentes, tales como las contribuciones al SENCICO o al SENATI.
Comentarios
El Impuesto a la Renta de las personas jurídicas, por su naturaleza, representa una disposición o aplicación de las utilidades; en consecuencia, será objeto de registro en la cuenta 88 Impuesto a la renta.

Los impuestos a las ventas selectivo al consumo, y promoción municipal relacionados con la compra de bienes y servicios que se reconocen en esta cuenta, corresponden a la porción que no puede ser acreditada con el impuesto facturado del mismo tipo, ni que puede ser identificado con una categoría específica de activo o gasto.

Las multas e intereses relacionados con tributos se deberán contabilizar en las divisionarias 6592 Sanciones administrativas y 6737 Obligaciones tributarias, respectivamente.
Normas de información financiera relacionadas
Marco Conceptual para la preparación y presentación de estados financieros (en lo referido a gastos).
NIC 1 Presentación de estados financieros (en lo relativo a la presentación del estado de ganancias y pérdidas por naturaleza).
Debitar la cuenta
  • El importe de los tributos devengados a cargo de la empresa.
Acreditar la cuenta
  • El total, al cierre del período, de los tributos que afectan a la empresa, con cargo a la cuenta 83 Excedente bruto (insuficiencia bruta) de explotación.
Cuentas relacionadas
6592 - Sanciones administrativas
6737 - Obligaciones tributarias
83 - Excedente bruto (insuficiencia bruta) de explotación
88 - Impuesto a la renta
País de aplicación
PE - Perú

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