3082 - Instrumentos financieros representativos de derecho patrimonial – Acuerdo de compra
Catálogo de cuentas Perú Elemento 3 - Activo inmovilizado 3082 - Instrumentos financieros representativos de derecho patrimonial – Acuerdo de compra |
Descripción |
Incluye los acuerdos de compra por las inversiones a ser mantenidas hasta el vencimiento, así como los instrumentos financieros representativos de derecho patrimonial, cuando son liquidados en una base convencional. |
Comentarios |
Las inversiones en instrumentos de deuda, a ser mantenidas hasta el vencimiento, cuyo valor se encuentre expresado en moneda extranjera, se reexpresarán a la tasa de cambio aplicable a la fecha del Balance General.
De acuerdo a lo establecido por la Resolución Nº 038-2005-EF/93.01 del Consejo Normativo de Contabilidad, se mantiene en el Perú la aplicación del Método de Participación Patrimonial en la elaboración de los estados financieros individuales, para la valuación de las inversiones en subsidiarias, entidades controladas conjuntamente y asociadas, en adición a los métodos establecidos en la NIC 27 Estados financieros consolidados e individuales y en la NIC 28 Inversiones en asociadas. |
Normas de información financiera relacionadas |
NIC 27 Estados financieros consolidados e individuales.
NIC 28 Inversiones en asociadas. NIC 31 Participaciones en asociaciones en participación. NIC 32 Instrumentos financieros: presentación. NIC 39 Instrumentos financieros: reconocimiento y medición. NIIF 2 Pagos basados en acciones. NIIF 3 Combinaciones de negocios. NIIF 7 Instrumentos financieros: información a revelar. SIC 13 Asociación en participación – Aportes no monetarios de los participantes (ventures). |
Valoración de las operaciones |
Se reconoce la inversión a ser mantenida hasta el vencimiento a su valor razonable, más los costos de transacción directamente atribuibles a la compra o a su emisión.
Los instrumentos financieros representativos de deuda se registrarán al costo de adquisición, el que incluye todos los costos de transacción. Con posterioridad a su reconocimiento inicial, las inversiones a ser mantenidas hasta el vencimiento serán medidas al costo amortizado utilizando el método de la tasa de interés efectiva. En el caso de inversiones en acciones y/o participaciones en subsidiarias y asociadas, éstas se deben medir al valor de participación patrimonial, con posterioridad a su reconocimiento inicial. En la oportunidad del reconocimiento inicial, debe medirse y registrarse, si existiese, cualquier plusvalía mercantil contenida en el costo de adquisición cuando se trata de una combinación de negocios. Otras inversiones en acciones y/o participaciones se medirán al costo. Cuando exista evidencia de deterioro del valor de la inversión, el importe en libros del valor del activo se reducirá mediante una cuenta de valuación, cuando no se sigue el método de participación patrimonial. |
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Acreditar la cuenta |
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Cuentas relacionadas |
11 - Inversiones financieras 36 - Desvalorización de activo inmovilizado |
País de aplicación |
PE - Perú |
Última revisión: Agosto 2016 |