202 - Mercaderías de extracción
Catálogo de cuentas Perú Elemento 2 - Activo realizable 202 - Mercaderías de extracción |
Descripción |
Productos originados en recursos naturales extraídos, que han sido adquiridos para su venta sin haber sido transformados. |
Comentarios |
Las mercaderías remitidas en consignación se deben considerar como existencias para el consignador, las que se controlarán en cuentas de orden deudoras.
En el caso de las mercaderías recibidas en consignación, depósitos, demostración o exhibición que pertenecen a terceros, no se deben incluir en este rubro, debiendo ser registradas en cuentas de orden acreedoras. El castigo de existencias de mercaderías se reconoce eliminando el monto correspondiente de esta cuenta, conjuntamente con la subcuenta 291 que acumula las estimaciones de la desvalorización. |
Normas de información financiera relacionadas |
NIC 2 Existencias.
NIC 41 Agricultura. |
Valoración de las operaciones |
Las mercaderías se registrarán a su costo de adquisición, incluyendo todos los costos necesarios para que las mercaderías tengan su condición y ubicación actuales.
Las salidas de existencias de mercaderías se reconocen de acuerdo con las fórmulas de costeo de PEPS, promedio ponderado o costo identificado. Para los efectos de la medición al cierre del período que se reporta, se aplica la regla de valuación de costo de adquisición o valor neto de realización, el menor. La excepción a esta regla corresponde a los productos agrícolas y forestales en la oportunidad de su cosecha o recolección, y a las materias primas que los intermediarios miden de acuerdo con su cotización internacional; mercaderías en ambos casos, que se miden a su valor razonable. Las diferencias de cambio originadas en pasivos en moneda extranjera serán aplicadas a resultados. |
Debitar la cuenta |
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Acreditar la cuenta |
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Cuentas relacionadas |
611 - Mercaderías 691 - Mercaderías |
País de aplicación |
PE - Perú |
Última revisión: Agosto 2016 |