3315 - Reservas ocasionales
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Plan único de cuentas Colombia ![]() ![]() |
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Descripción |
Registra los valores apropiados de las utilidades líquidas, ordenadas por el máximo órgano social conforme a disposiciones legales, para fines específicos y justificados.
Las reservas ocasionales que ordene el máximo órgano social, sólo serán obligatorias para el ejercicio en el cual se hagan y el mismo podrá cambiar su destinación o distribuirlas cuando resulten innecesarias. |
Cuentas de detalle |
331505 - Para beneficencia y civismo 331510 - Para futuras capitalizaciones 331515 - Para futuros ensanches 331520 - Para adquisición o reposición de propiedades, planta y equipo 331525 - Para investigaciones y desarrollo 331530 - Para fomento económico 331535 - Para capital de trabajo 331540 - Para estabilización de rendimientos 331545 - A disposición del máximo órgano social 331595 - Otras |
Débitos |
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Créditos |
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País de aplicación |
CO - Colombia |
Última revisión: Agosto 2016 |