2215 - Cuentas corrientes comerciales
Plan único de cuentas Colombia Clase 2 - Pasivo 2215 - Cuentas corrientes comerciales |
Descripción |
Registra el valor adeudado por el ente económico a proveedores de mercancías o servicios con los cuales se mantiene un contrato de cuenta corriente en los términos previstos en las normas legales vigentes.
En virtud del contrato de cuenta corriente, los créditos y débitos derivados de las remesas mutuas de las partes se consideran como partidas indivisibles de abono o de cargo en la cuenta de cada cuentacorrentista, de modo que sólo el saldo que resulte a la clausura de la cuenta constituirá un crédito exigible. La clausura y la liquidación de la cuenta en los períodos de cierre, no producirán la terminación del contrato sino en los casos previstos en dichas normas.De la 221501 a 221598. |
Cuentas relacionadas |
1310 - Cuentas corrientes comerciales 1399 - Provisiones 2305 - Cuentas corrientes comerciales |
Débitos |
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Créditos |
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País de aplicación |
CO - Colombia |
Última revisión: Agosto 2016 |