Subvenciones para la adquisición de existencias

Subvenciones para la adquisición de existencias

Al recibir una subvención concedida para la adquisición de existencias se registra en el patrimonio neto de la empresa en la cuenta (130) Subvenciones oficiales de capital y se imputan a pérdidas y ganancias a través de la cuenta (746) Subvenciones, donaciones y legados de capital transferidos a resultados del ejercicio en el ejercicio en que se produzca su venta, deterioro o baja en el balance.

Ejemplo contable

Nuestra sociedad se constituye en enero del año X y solicita una subvención para la compra de existencias por importe de 10.000 euros. En febrero nos conceden la subvención y compramos existencias por ese importe más IVA al tipo general. En marzo nos ingresan la subvención mediante transferencia bancaria. Durante el año X se venden la mitad de las existencias adquiridas por 7.000 euros más IVA al tipo general. Al cierre del año X, el 5 % de las mercaderías que quedan en almacén se encuentran inservibles.

Contabilización

1. En enero del año X, por la solicitud de la subvención no procede asiento contable, puesto que no hemos obtenido todavía respuesta de la Administración concedente.

2. En febrero del año X, por la concesión de la subvención, se imputa a patrimonio neto:

Debe Haber
10.000 (4708) Hacienda Pública deudora por subvenciones concedidas
a
(130) Subvenciones oficiales de capital 10.000

3. En marzo del año X, al recibir el importe de la subvención por transferencia bancaria:

Debe Haber
10.000 (572) Bancos, c/c
a
(4708) Hacienda Pública deudora por subvenciones concedidas 10.000

4. Por la compra de mercaderías o existencias en el año X:

Debe Haber
10.000 (600) Compras de mercaderías
2.100 (472) Hacienda Pública, IVA soportado
(21 % x 10.000)
a
(572) Bancos, c/c 12.100

5. Durante el año X se venden la mitad de las existencias por un precio superior al coste de adquisición:

Debe Haber
8.470 (572) Bancos, c/c
a
(700) Ventas de mercaderías
7.000
(477) Hacienda Pública, IVA repercutido
(21 % x 7.000)
1.470

6. Al cierre del año X, imputamos a la cuenta de pérdidas y ganancias la subvención, por la venta de la mitad de las existencias:

Debe Haber
5.000 (130) Subvenciones oficiales de capital
(10.000/2)
a
(746) Subvenciones, donaciones y legados de capital transferidos a resultados del ejercicio 5.000

7. Al cierre del ejercicio, regularizamos las existencias, como no tenemos existencias iniciales, damos de alta las finales, teniendo en cuenta que el 5 % de las existencias finales son inservibles, por ello, no dotamos un deterioro utilizando la cuenta (390) Deterioro de valor de las mercaderías, ya que la pérdida es irreversible, disminuye el valor de las mercaderías en el almacén:

Debe Haber
4.750 (300) Existencias
[5.000 - (5 % x 5.000)]
a
(610) Variación de existencias de mercaderías 4.750

8. Y por las existencias subvencionadas que se han desechado, también debemos imputar la subvención a la cuenta de pérdidas y ganancias del ejercicio:

Debe Haber
250 (130) Subvenciones oficiales de capital
(5 % x 5.000)
a
(746) Subvenciones, donaciones y legados de capital transferidos a resultados del ejercicio 250
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