Debido al incremento acelerado de los costes de la energía que están experimentando las numerosas empresas que desarrollan una actividad económica en España, el gobierno autonómico anuncia una subvención de 8.000 euros por entidad para compensar déficits de explotación de este ejercicio y siguientes. Nuestra empresa solicita dicha subvención en enero del año X y en febrero del mismo año nos conceden la ayuda, percibiendo el ingreso por cuenta bancaria en marzo del ejercicio en curso. Las pérdidas del año X han ascendido a 5.000 euros y las del año X+1 ascienden a 7.000 euros.
Contabilización
1. En enero del año X, por la solicitud de la subvención no procede asiento contable, puesto que no hemos obtenido todavía respuesta de la Administración concedente.
2. En febrero del año X, por la concesión de la subvención, se imputa a patrimonio neto:
5. Al cierre del año X+1, las pérdidas ascienden a 7.000 euros, pero la subvención concedida era de 8.000 euros y ya hemos imputado 5.000 euros en el ejercicio anterior, por lo que imputamos a resultados el saldo restante:
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