Subrogación de un contrato de Leasing

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Subrogación de un contrato de Leasing
Autor: Centro de Estudios Financieros (CEF)

La subrogación de un contrato de leasing (Consulta 8, BOICAC 38) implica para la sociedad que se subroga en el contrato, y siempre que no existan dudas razonables del ejercicio de la opción de compra,dara de alta el inmovilizado objeto del leasing en su contabilidad por el importe de las obligaciones inherentes al leasing subrogado.

Ejemplo
Contabilización

Ejemplo

La sociedad "ALFA" firma el 1 de enero del año 20X1 un contrato de arrendamiento financiero de una línea de montaje con las siguientes características:
Valor contado 4.000.000 euros
Duración del contrato 3 años
Cuota anual 1.422.648 euros
Vida útil de la maquinaria objeto del contrato
8 años

El 1 de enero del año X2 transmite el contrato a la sociedad "BETA" por 500.000 euros tras haber satisfecho la primera cuota a la entidad financiera con la que ha realizado el contrato de arrendamiento financiero.

 

Contabilización

SOCIEDAD "ALFA"

1. Por la venta del contrato (1-01-20X2):

Debe Haber
1.422.648 (524) Acreedores por arrendamiento financiero a corto plazo
1.422.648 (174) Acreedores por arrendamiento financiero a largo plazo
500.000 (281) Amortización acumulada del inmovilizado material
(4.000.000 / 8)
500.000 (572) Bancos c/c vista
154.704 (671) Pérdidas procedentes del inmovilizado material
a
(212) Instalaciones técnicas 4.000.000

SOCIEDAD "BETA"

Cuotas pendien (1.422.648 x 2 ) 2.845.296 euros
Más efectivo entregado 500.000 euros
Precio adquisición para BETA 3.345.296 euros

2. Por la adquisición del contrato (1-01-20X2):

Debe Haber
3.345.296 (212) Instalaciones técnicas
a
(572) Bancos, c/c a la vista 500.000
(524) Acreedores por arrendamiento financiero a corto plazo 1.422.648
(174) Acreedores por arrendamiento financiero a largo plazo 1.422.648

Casos y dudas planteadas por la comunidad

Subrogación en un contrato de leasing

Una sociedad se subroga en un contrato de leasing y necesita determinar el valor inicial del bien y de la deuda asumida.

Debe registrarse el activo y el pasivo por el valor razonable del bien o por el valor actual de los pagos pendientes, el menor de ambos si procede. También debe analizarse si existe importe satisfecho al cedente y si forma parte del coste del activo.

Leasing asumido como aportación o contraprestación

Se plantea la subrogación de un leasing en un contexto societario, con pagos asumidos por una entidad.

La operación debe separarse en sus componentes: adquisición o uso del bien, deuda pendiente con la entidad financiera y posible aportación o contraprestación entre socios y sociedad. La escritura o contrato determinará si existe aportación al capital, préstamo o compraventa.

Asientos de leasing de camiones

Una empresa contrata o asume un leasing de camiones y duda sobre el registro de cuotas, intereses y opción de compra.

Si el contrato es arrendamiento financiero, se reconoce el inmovilizado, normalmente en (218) Elementos de transporte, y la deuda a corto y largo plazo. Cada cuota debe separar principal, intereses en (662) e IVA soportado.

Venta de un bien en leasing con subrogación

Se consulta cómo actuar cuando un tercero se subroga en el leasing de un bien que estaba usando la empresa.

Debe darse de baja el activo, cancelar la amortización acumulada y la deuda asumida por el tercero, registrando el resultado de la operación si existe diferencia. La subrogación no debe tratarse como simple cobro si implica transmisión del bien o de la posición contractual.

Valor de mercado y opción de compra

La duda se centra en la valoración del bien y la opción de compra en un leasing transferido.

La valoración debe apoyarse en el valor actual de las cuotas pendientes, el valor razonable del bien y el precio de la opción de compra. Si la opción es razonablemente ejercitable, refuerza la calificación como arrendamiento financiero.

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