Silencio administrativo
Presunción legal, en caso de ausencia de voluntad expresa de la Administración, de producción de efectos positivos o negativos, a los efectos de evitar la indefensión del administrado frente a la inactividad de la misma.
Presunción legal, en caso de ausencia de voluntad expresa de la Administración, de producción de efectos positivos o negativos, a los efectos de evitar la indefensión del administrado frente a la inactividad de la misma.
Infografias contables
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