Debe |
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Haber |
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(281) |
a |
(282) |
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(22x) Inmovilizaciones materiales |
a |
(217) Derechos sobre bienes en régimen de arremdamiento financiero |
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En el caso de que no se ejercitase la opción de compra, o de que a medias se abandonase el contrato tendríamos que hacer:
Debe |
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Haber |
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281 523 (por lo que se deba todavía) 670 (por la pérdida) |
a |
(217) Derechos sobre bienes en régimen arremdamiento financiero |
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Ejemplo
El siguiente cuadro de leasing se firma el 1 de enero de 2005 sobre un mobiliario de vida útil 8 años. Se paga en cuotas por años vencidos (en euros)
Cuota |
Amortización |
Intereses |
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1ª Cuota |
16.000 |
11.000 |
5.000 |
2ª Cuota |
16.000 |
13.000 |
3.000 |
3ª Cuota |
16.000 |
16.000 |
------- |
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48.000 |
40.000 |
8.000 |
Realizar los asientos correspondientes al año 2005.
A 1 de enero de 2005
Debe |
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Haber |
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40.000 8.000 |
(217) Dchos.s/ bienes en R.A.F.
(272) Gastos por intereses difer. |
a a |
(173) Prov. inmov. l.p. (523) Prov. inmov. c.p. |
32.000 16.000 |
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A 31 de diciembre de 2005
Debe |
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Haber |
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5.000 5.000 |
(662) Int. Deudas l.p. (681) Amort. inmov. inmat.
40.000/8 = 5.000 |
a a |
(272) Gastos por int. difer. (2817) Amort. acda. de
dchos. s/bs R.A.F. |
5.000
5.000 |
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16.000 16.000 |
(173) Prov. inmov. l.p. (523) Prov. inmov. c.p. |
a a |
(523) Prov. inmov. c.p. (57X) Tesorería |
16.000 16.000 |
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- Venta de un activo conectada a
una posterior operación de arrendamiento financiero ("lease-back")
Un caso especial es la forma especial de financiación conocida como lease-back
(del ingles sale & lease-back). La operación consiste en una empresa necesitada de financiación vende a la entidad de leasing un bien inmovilizado, de esta forma obtiene los recursos financieros.
Al mismo tiempo se formaliza un contrato de leasing por ese mismo bien, con lo que la empresa sigue disfrutando de su uso, pagando una serie de cuotas (que es el coste de la financiación obtenida).
Al final del contrato se podrá ejercitar la opción de compra con lo que la empresa vuelve a ser propietaria del bien, pero entre medias ha obtenido financiación y ha devuelto esa financiación y los intereses.
La contabilización se realiza de la siguiente manera:
-Por la venta del bien se da de baja por su valor neto contable, y al mismo tiempo se carga un derecho de uso por el mismo importe. De esta manera la posible plusvalía o minusvalía derivada de la venta no se contabiliza:
Debe |
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Haber |
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(282) Por la amortización del bien cedido (217) Por el valor neto contable del bien cedido |
a |
(22x) Por el coste histórico del bien cedido |
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-En otro asiento se reconoce la financiación obtenida, el total de cuotas que se ha de pagar (incluida la opción de compra) y la diferencia es la carga financiera derivada de la operación.
Debe |
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Haber |
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(57x) Por la financiación recibida (272) por la diferencia
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a |
(523) o (173) Por el total de las cuotas |
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Ejemplo
La sociedad X posee el 1 de enero un vehículo valorado en 50.000 €, habiéndose amortizado al 10 % anual sin valor residual durante 4 años. En este momento vende al contado a la sociedad IberLeasing el vehículo por 24.000 €, y al mismo tiempo formaliza un contrato de leasing con los siguientes datos: Duración: 3 años, opción de compra 700 €. Cuotas anuales constantes. Los intereses son 10.000 €.
Debe |
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Haber |
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30.000 20.000 |
(217) Dchos.s/ bienes en R.A.F. (2828) Amort. acda. E.T. |
a |
(228) Elementos de transp. |
50.000 |
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Debe |
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Haber |
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27.840 10.000 |
(57x) Tesorería (272) Gastos por intereses difer. |
a a a |
(523) Prov. inmov. c.p. (173) Prov. inmov. l.p. (477) H.P., IVA repercutido
16% s/24.000 = 3.840 |
11.100 22.900
3.840 |
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