Principios contables.

Anterior Consultas ICAC sección contabilidad flecha BOICAC 32/1997 - Consulta número 7 Siguiente
Principios contables.
Temática
Principios contables.
Consulta
Sobre la no procedencia de realizar revalorizaciones contables voluntarias.
Respuesta
El principio de precio de adquisición es de obligado cumplimiento para el registro contable de las operaciones y sólo si existe una ley que lo permite se puede inaplicar el mismo.

Así el apartado f) del artículo 38.1 del Código de Comercio establece que los elementos del inmovilizado y del circulante se contabilizarán por el precio de adquisición o por el coste de producción.

Por su parte el desarrollo reglamentario de este artículo realizado a través del Plan General de Contabilidad, aprobado por Real Decreto 1643/1990, de 20 de diciembre, en su primera parte, dispone respecto a este principio lo siguiente:

"Como norma general, todos los bienes y derechos se contabilizarán por su precio de adquisición o coste de producción.

El principio del precio de adquisición deberá respetarse siempre, salvo cuando se autoricen, por disposición legal, rectificaciones al mismo; en este caso, deberá facilitarse cumplida información en la memoria."

De acuerdo con lo anterior no se permite en nuestro ordenamiento jurídico contable revalorizaciones, salvo que una Ley así lo establezca.

Apps:

App Cuadro de Cuentas Plan General Contable Calcula préstamos, leasing, depésitos y planes de pensiones con tu smartphone Disponible en App Store Disponible en Google Play

Sage. Software de gestión empresarial

Sage. Software de gestión empresarial
Asistente contabilidad
Chat con inteligencia artificial generativa basado y entrenado con los recursos de Plan General Contable.

Disponible con tu suscripción anual o superior. Suscribirme

Cerrar