NIC 38: Activos intangibles con vidas útiles finitas e indefinidas, retiros y enajenacioes de activos intangibles, información a revelar
| Normas Internacionales de Contabilidad |
Tabla de contenido
- 38.8 Activos intangibles con vidas útiles finitas
- 38.8.1 Periodo y método de amortización
- 38.8.2 Valor residual
- 38.8.3 Revisión del periodo y del método de amortización
- 38.9 Activos intangibles con vidas útiles indefinidas
- 38.9.1 Revisión de la evaluación de la vida útil
- 38.10 Retiros y enajenaciones de activos intangibles
- 38.11 Información a revelar
- 38.11.1 General
- 38.11.2 Activos intangibles valorados posteriormente según el modelo de revalorización
- 38.11.3 Desembolsos por investigación y desarrollo
- 38.11.4 Otra información
38.8 Activos intangibles con vidas útiles finitas38.8.1 Periodo y método de amortizaciónEl importe amortizable de un activo intangible con una vida útil finita, se distribuirá sobre una base sistemática a lo largo de su vida útil. La amortización comenzará cuando el activo esté disponible para su utilización. La amortización cesará en la fecha más temprana entre aquella en que el activo se clasifique como mantenido para la venta, y la fecha en que el activo sea dado de baja en cuentas. El método de amortización utilizado reflejará el patrón de consumo esperado, por parte de la empresa, de los beneficios económicos futuros derivados del activo. Si este patrón no pudiera ser determinado de forma fiable, se adoptará el método lineal de amortización. El cargo por amortización de cada período se reconocerá en el resultado del ejercicio, a menos que otra Norma permita o exija que dicho importe se incluya en el importe en libros de otro activo. El componente del precio de los ingresos ordinarios puede verse afectado por la inflación, la cual no tiene relación con la forma en que se consume el activo. Esta presunción solo puede evitarse en circunstancias concretas:
Normalmente, la amortización se reconocerá en el resultado del ejercicio. No obstante, en ocasiones, los beneficios económicos futuros incorporados a un activo se absorben dentro de la empresa, en la producción de otros activos. En estos casos, el cargo por amortización formará parte del coste de esos otros activos y se incluirá en su importe en libros. 38.8.2 Valor residualSe supondrá que el valor residual de un activo intangible con una vida útil finita es nulo a menos que:
El importe amortizable de un activo con vida útil finita se determinará después de deducir su valor residual. Un valor residual distinto de cero implica que la empresa espera vender el activo intangible antes de que termine su vida económica. 38.8.3 Revisión del periodo y del método de amortizaciónTanto el periodo como el método de amortización utilizados para un activo intangible con vida útil finita se revisarán, como mínimo, al final de cada ejercicio. Si la nueva vida útil esperada difiere de las estimaciones anteriores, se cambiará el periodo de amortización para reflejar esta variación. Si se ha experimentado un cambio en el patrón esperado de generación de beneficios económicos futuros por parte del activo, el método de amortización se modificará para reflejar estos cambios. Los efectos de estas modificaciones en el periodo y en el método de amortización, se tratarán como cambios en las estimaciones contables. 38.9 Activos intangibles con vidas útiles indefinidasLos activos intangibles con una vida útil indefinida no se amortizarán. La empresa comprobará si un activo intangible con una vida útil indefinida ha experimentado una pérdida por deterioro del valor comparando su importe recuperable con su importe en libros
38.9.1 Revisión de la evaluación de la vida útilLa vida útil de un activo intangible que no está siendo amortizado se revisará cada ejercicio para determinar si existen hechos y circunstancias que permitan seguir manteniendo una vida útil indefinida para ese activo. 38.10 Retiros y enajenaciones de activos intangiblesUn activo intangible se dará de baja en cuentas:
La pérdida o ganancia surgida al dar de baja un activo intangible se determinará como la diferencia entre el importe neto obtenido por su enajenación o disposición por otra vía, y el importe en libros del activo. Se reconocerá en el resultado del ejercicio cuando la partida sea dada de baja en cuentas. Las ganancias no se clasificarán como ingresos ordinarios. La fecha de enajenación o disposición por otra vía de un activo intangible es la fecha en la que el receptor obtiene el control de ese activo de acuerdo con los requisitos para determinar cuándo se satisface una obligación de ejecución contenidos en la NIIF 15. En el caso de un derecho readquirido en una combinación de negocios, si se renueva (vende) el derecho a un tercero con posterioridad, el importe en libros relacionado, si lo hubiera, se deberá utilizar para determinar la ganancia o pérdida de la renovación. 38.11 Información a revelar38.11.1 GeneralLa empresa revelará la siguiente información para cada una de las clases de activos intangibles, distinguiendo entre los activos que se hayan generado internamente y los demás:
La empresa revelará también información sobre:
38.11.2 Activos intangibles valorados posteriormente según el modelo de revalorizaciónEn el caso de activos intangibles contabilizados por sus valores revalorizados, la empresa revelará la siguiente información:
38.11.3 Desembolsos por investigación y desarrolloLa empresa revelará el importe agregado de los desembolsos por investigación y desarrollo que se hayan reconocido como gastos durante el ejercicio. 38.11.4 Otra informaciónSe aconseja, pero no se exige, que las empresas aporten la siguiente información:
Disposiciones transitorias y fecha de vigencia Una empresa aplicará esta Norma:
Derogación de la NIC 38 (emitida en 1998) Esta Norma deroga a la NIC 38 Activos intangibles (aprobada en 1998). Referencia normativaNIC 38: Activos intangibles |
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