Normas Internacionales de Contabilidad - NIC 36: Reversión de las pérdidas por deterioro del valor

  36.7 Reversión de las pérdidas por deterioro del valor
    36.7.1 Reversión de la pérdida por deterioro del valor de un activo individual
    36.7.2 Reversión de la pérdida por deterioro del valor de una unidad generadora de efectivo
    36.7.3 Reversión de la pérdida por deterioro del valor del fondo de comercio
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36.7 Reversión de las pérdidas por deterioro del valor

La empresa evaluará, si existe algún indicio de que la pérdida por deterioro del valor reconocida, en ejercicios anteriores, para un activo distinto del fondo de comercio, ya no existe o podría haber disminuido. Si existiera tal indicio, la empresa estimará de nuevo el importe recuperable del activo.

Al evaluar si existen indicios de que la pérdida por deterioro del valor, reconocida en ejercicios anteriores para un activo distinto del fondo de comercio, ya no existe o podría haber disminuido en su cuantía, la empresa considerará, como mínimo, los siguientes indicios:

Fuentes externas de información

  • Existen indicios observables de que el valor de mercado del activo ha aumentado significativamente durante el ejercicio.
  • Durante el ejercicio, han tenido, o van a tener lugar en un futuro inmediato, cambios significativos con un efecto favorable para la empresa, referentes al entorno legal, económico, tecnológico o de mercado en los que ésta opera, o bien en el mercado al cual va destinado el activo en cuestión.
  • Durante el ejercicio, los tipos de interés de mercado u otros tipos de mercado de rendimiento de inversiones, han experimentado decrementos que probablemente afecten al tipo de descuento utilizado para calcular el valor de uso del activo, de forma que su importe recuperable haya aumentado de forma significativa.

Fuentes internas de información

  • Cambios significativos con un efecto desfavorable para la empresa, que tengan lugar durante el ejercicio o se espere que ocurran en un futuro inmediato, en la forma o manera en que se usa o se espera usar el activo.
  • Se dispone de evidencia procedente de informes internos que indica que el rendimiento económico del activo es, o va a ser, mejor que el esperado.

Se revertirá la pérdida por deterioro del valor reconocida en ejercicios anteriores para un activo, distinto del fondo de comercio, si, y sólo si, se hubiese producido un cambio en las estimaciones utilizadas, para determinar el importe recuperable del mismo, desde que se reconoció la última pérdida por deterioro.

36.7.1 Reversión de la pérdida por deterioro del valor de un activo individual

El importe en libros de un activo, distinto del fondo de comercio, incrementado tras la reversión de una pérdida por deterioro del valor, no excederá al importe en libros que podría haberse obtenido si no se hubiese reconocido una pérdida por deterioro del valor para dicho activo en ejercicios anteriores.

La reversión de una pérdida por deterioro del valor en un activo, distinto del fondo de comercio, se reconocerá en el resultado del ejercicio, a menos que el activo se contabilizase según su valor revalorizado, siguiendo otra Norma.

Después de haber reconocido una reversión de la pérdida por deterioro del valor, los cargos por amortización del activo se ajustarán para los ejercicios futuros, con el fin de distribuir el importe en libros revisado del activo menos su eventual valor residual, de una forma sistemática a lo largo de su vida útil restante.

36.7.2 Reversión de la pérdida por deterioro del valor de una unidad generadora de efectivo

El importe de la reversión de una pérdida por deterioro del valor en una unidad generadora de efectivo, se distribuirá entre los activos de esa unidad, exceptuando el fondo de comercio, prorrateando su cuantía en función del importe en libros de tales activos. El importe en libros de cada activo no debe ser aumentado por encima del menor de:

  • Su importe recuperable.
  • El importe en libros que se hubiera determinado de no haberse reconocido la pérdida por deterioro del valor del activo en los ejercicios anteriores.

El importe de la reversión de la pérdida por deterioro del valor que no se pueda distribuir a los activos siguiendo el criterio anterior, se prorrateará entre los demás activos que compongan la unidad, exceptuando el fondo de comercio.

36.7.3 Reversión de la pérdida por deterioro del valor del fondo de comercio

Una pérdida por deterioro del valor reconocida en el fondo de comercio no revertirá en los ejercicios posteriores.

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