19.7.8 Información a revelar
La empresa revelará la información que permita:
- Explicar las características de sus planes de prestaciones definidas y los riesgos asociados
- Identificar y explicar los importes en sus estados financieros que procedan de sus planes de prestaciones definidas.
- Describir cómo pueden afectar sus planes de prestaciones definidas al importe, calendario e incertidumbre de los flujos de efectivo futuros de la empresa.
Si las revelaciones de información proporcionadas anteriormente resultasen insuficientes para cumplir los objetivos, una empresa deberá revelar la información adicional necesaria para cumplir estos objetivos.
- Entre importes debidos a partícipes en activo, partícipes con prestaciones diferidas y pensionistas.
- Entre prestaciones consolidadas y prestaciones acumuladas pero no consolidadas.
- Entre prestaciones condicionadas, importes atribuibles a incrementos en los sueldos futuros y otras prestaciones.
19.7.8.1 Características de los planes de prestaciones definidas y los riesgos asociados
Una empresa revelará:
- Información sobre las características de sus planes de prestaciones definidas, incluyendo:
- La naturaleza de las prestaciones proporcionadas por el plan.
- Una descripción del marco regulatorio en el que actúa el plan, por ejemplo el nivel de los requerimientos mínimos de financiación, y los efectos del marco regulatorio en el plan, como el límite del activo.
- Una descripción de otras responsabilidades de la empresa posibles para la gobernanza del plan, por ejemplo responsabilidades de gestores o de miembros de la junta de un plan.
- Una descripción de los riesgos a los que el plan expone a la empresa, centrada en los riesgos inusuales, específicos de la empresa o específicos del plan, y de las concentraciones de riesgo significativas.
- Una descripción de cualquier modificación, reducción y liquidación del plan.
19.7.8.2 Explicación de los importes en los estados financieros
La empresa proporcionará una conciliación de los saldos de apertura con los saldos de cierre para cada uno de los siguientes elementos, en su caso:
- El pasivo (activo) neto por prestaciones definidas, con conciliaciones separadas para:
- Los activos afectos al plan.
- El valor actual de las obligaciones por prestaciones definidas.
- Los efectos del límite del activo.
- Cualquier derecho de reembolso. La empresa debe describir también la relación entre cualquier derecho de reembolso y la obligación correspondiente.
Las conciliaciones mencionadas deben indicar uno de los siguientes elementos, en su caso:
- El coste de los servicios del ejercicio corriente.
- Los ingresos o gastos por intereses.
- El recálculo de la valoración del pasivo (activo) neto por prestaciones definidas.
- El coste de los servicios pasados y las ganancias y pérdidas surgidas de liquidaciones de los planes.
- Los efectos de las variaciones en los tipos de cambio.
- Las aportaciones al plan, mostrando por separado las del empleador y las de los partícipes del plan.
- Los pagos del plan, mostrando por separado los importes pagados con respecto a cualquier liquidación.
- Los efectos de las enajenaciones y combinaciones de negocios.
La empresa debe desagregar el valor razonable de los activos afectos al plan en clases que desglosen la naturaleza y los riesgos de dichos activos, subdividiendo cada clase de activos afectos al plan en aquellos que tienen un precio de mercado cotizado en un mercado activo y en aquellos que no lo tienen. La empresa podría distinguir entre:
- Efectivo y otros medios líquidos equivalentes.
- Instrumentos de patrimonio.
- Instrumentos de deuda.
- Bienes inmuebles.
- Derivados.
- Fondos de inversión.
- Valores garantizados por activos.
- Deuda estructurada.
La empresa debe proceder a revelar el valor razonable de sus propios instrumentos financieros transferibles mantenidos como activos afectos al plan, y el valor razonable de los activos afectos al plan que son inmuebles ocupados por la empresa, u otros activos usados por esta.
19.7.8.3 Importe, calendario e incertidumbre de los flujos de efectivo futuros
Una empresa revelará:
- Un análisis de sensibilidad para cada hipótesis actuarial principal en la fecha de cierre del ejercicio sobre el que se informa, que muestre cómo se habría visto afectada la obligación por el plan de prestaciones definidas por cambios en las hipótesis actuariales pertinentes, razonablemente posibles en dicha fecha.
- Los métodos e hipótesis utilizadas en la elaboración de los análisis de sensibilidad exigidos previamente, y las limitaciones de dichos métodos.
- Los cambios habidos desde el ejercicio anterior en los métodos e hipótesis utilizado en la elaboración de los análisis de sensibilidad, así como las razones de tales cambios.
Para ofrecer una indicación acerca de los efectos del plan de prestaciones definidas sobre los flujos de efectivo futuros de la empresa, esta deberá revelar:
- Una descripción de cualquier acuerdo y política de financiación que afecten a las aportaciones futuras.
- Las aportaciones esperadas al plan para el próximo ejercicio anual sobre el que se informa.
- Información sobre el perfil de vencimiento de las obligaciones por prestaciones definidas.
19.7.8.4 Planes multiempresariales de prestaciones
Si una empresa participa en un plan de prestaciones definidas multiempresarial, debe revelar:
- Una descripción de los acuerdos de financiación, incluyendo el método utilizado para determinar el porcentaje de aportaciones de la empresa y las posibles obligaciones de mantener un nivel mínimo de financiación.
- Una descripción de la medida en que la empresa puede tener que responder ante el plan por las obligaciones de otras empresas en virtud de los términos y condiciones del plan multiempresarial de prestaciones.
- Una descripción de cualquier asignación acordada de un déficit o superávit con ocasión de:
- La liquidación del plan.
- El abandono del plan por la empresa.
- Si la empresa contabilizase dicho plan como si fuese un plan de prestaciones definidas, deberá revelar lo siguiente:
- El hecho de que el plan es de prestaciones definidas.
- Las razones por las que no se dispone de información suficiente para que la empresa pueda contabilizarlo como un plan de prestaciones definidas.
- Las aportaciones esperadas al plan para el próximo ejercicio anual sobre el que se informa.
- Información respecto a cualquier déficit o superávit del plan que pueda afectar al importe de las aportaciones futuras, incluyendo las bases utilizadas para determinar dicho déficit o superávit y las repercusiones, en su caso, para la empresa.
- Una indicación del nivel de participación de la empresa en el plan en comparación con otras empresas que participan en el mismo.
19.7.8.5 Planes de prestaciones definidas donde se comparten los riesgos entre empresas bajo control conjunto
Si una empresa participa en un plan de prestaciones definidas donde se comparte el riesgo entre empresas bajo control común, debe revelar:
- El acuerdo contractual o la política establecida para cargar el coste por la prestación definida neta, o bien el hecho de que dicha política no existe.
- La política para determinar la aportación a pagar por la empresa.
- Si la empresa contabilizase la asignación del coste de la prestación definida neta.
- Si la empresa contabilizase la aportación a pagar en el ejercicio.
19.7.8.6 Requerimientos de revelación de información en otras NIIF
En el caso de que fuera obligatorio según la NIC 24, la empresa suministrará información sobre:
- Transacciones de partes vinculadas con planes de retribuciones post-empleo.
- Retribuciones post-empleo para los directivos clave de la empresa.
|