16. NIC 16: Inmovilizado material
16.1 Objetivo
Es prescribir el tratamiento contable del inmovilizado material, de forma que los usuarios de los estados financieros puedan conocer la información acerca de la inversión que la empresa tiene en su inmovilizado material, así como los cambios que se hayan producido en dicha inversión.
16.2 Alcance
Esta Norma se aplicará en la contabilización de los elementos de inmovilizado material, salvo cuando otra Norma Internacional de Contabilidad exija o permita un tratamiento contable diferente.
Esta Norma no será de aplicación a:
- El inmovilizado material clasificado como mantenido para la venta de acuerdo con la NIIF 5.
- Los activos biológicos relacionados con la actividad agrícola que no sean plantas productoras (NIC 12).
- El reconocimiento y valoración de activos para exploración y evaluación (NIIF6).
- Los derechos mineros y reservas minerales tales como petróleo, gas natural y recursos no renovables similares.
Una empresa que utilice el modelo del coste para las inversiones inmobiliarias de acuerdo con la NIC 40 utilizará el modelo del coste de esta norma para las inversiones inmobiliarias propias.
16.3 Definiciones
Importe en libros: es el importe por el que se reconoce un activo, una vez deducidas la amortización acumulada y las pérdidas por deterioro del valor acumuladas.
Importe amortizable: es el coste de un activo, o el importe que lo haya sustituido, menos su valor residual.
Amortización: es la distribución sistemática del importe amortizable de un activo a lo largo de su vida útil.
Valor específico: para la empresa: es el valor actual de los flujos de efectivo que la empresa espera recibir por el uso continuado de un activo y por la enajenación o disposición por otra vía del mismo, al término de su vida útil.
Valor razonable: es el precio que se recibiría por la venta de un activo o se pagaría para transferir un pasivo mediante una transacción ordenada entre los participantes en el mercado en la fecha de valoración.
Pérdida por deterioro: es la cantidad en que excede el importe en libros de un activo a su importe recuperable.
Valor residual de un activo: es el importe estimado que la empresa podría obtener actualmente por la enajenación o disposición por otra vía del activo, después de deducir los costes estimados por tal enajenación o disposición, si el activo ya hubiera alcanzado la antigüedad y las demás condiciones esperadas al término de su vida útil. |