NIC 12: Reconocimiento de impuestos corrientes y diferidos
| Normas Internacionales de Contabilidad |
Tabla de contenido
12.11 Reconocimiento de impuestos corrientes y diferidosLa contabilización de los efectos fiscales, tanto en el ejercicio corriente como los diferidos para posteriores ejercicios, de una determinada transacción o suceso económico, ha de ser coherente con el registro contable de la transacción o el suceso correspondiente. 12.11.1 Cuenta de resultadosLos impuestos corrientes y diferidos deberán reconocerse como ingreso o gasto e incluirse en el resultado del ejercicio, salvo si tales impuestos proceden de:
El importe en libros de los activos y pasivos por impuestos diferidos puede cambiar, incluso cuando no haya cambiado el importe de las diferencias temporarias correspondientes. Esto puede pasar como resultado de:
12.11.2 Partidas cargadas o abonadas directamente al patrimonio netoLos impuestos corrientes y los impuestos diferidos que se relacionan con partidas que se reconocen, en el mismo ejercicio o en otro diferente:
Las Normas Internacionales de Información Financiera requieren o permiten que determinadas partidas se reconozcan en otro resultado global. Tales como:
Las Normas Internacionales de Información Financiera requieren o permiten que ciertas partidas sean acreditadas o cargadas directamente al patrimonio neto. Ejemplos de estas partidas son:
Cuando un activo se ha revalorizado a efectos fiscales, y tal revalorización está relacionada con otra revalorización, exclusivamente contable, practicada en ejercicios anteriores, o con una que se espera realizar en algún ejercicio posterior, los efectos fiscales de la revalorización contable y del ajuste en la base fiscal reconocidos en otro resultado global en los ejercicios en que tiene lugar. Cuando una empresa paga dividendos a sus accionistas, puede tener la obligación de pagar una parte de tales dividendos a las autoridades fiscales en nombre de los accionistas. 12.11.3 Impuestos diferidos surgidos de una combinación de negociosLos activos por impuestos diferidos y pasivos por impuestos diferidos afectarán al importe del fondo de comercio o a la ganancia por una compra en condiciones muy ventajosas que reconozca la empresa. Sin embargo, una empresa no reconocerá los pasivos por impuestos diferidos que surjan del reconocimiento inicial del fondo de comercio. Una empresa reconocerá los beneficios por impuestos diferidos adquiridos que aparezcan tras la combinación de negocios de la forma siguiente:
|
|
|
Carrito



Infografias contables


