NIC 12: Reconocimiento de pasivos y activos por impuestos corrientes
| Normas Internacionales de Contabilidad |
Tabla de contenido
- 12.4 Reconocimiento de pasivos y activos por impuestos corrientes
- 12.5 Reconocimiento de pasivos y activos por impuestos diferidos
- 12.5.1 Diferencias temporarias imponibles
- 12.5.2 Combinaciones de negocios
- 12.5.3 Activos contabilizados por su valor razonable
- 12.5.4 Fondo de comercio
- 12.5.5 Reconocimiento inicial de un activo o pasivo
12.4 Reconocimiento de pasivos y activos por impuestos corrientesEl impuesto corriente, correspondiente al ejercicio presente y a los anteriores, debe ser reconocido como una obligación de pago en la medida en que no haya sido liquidado. Si la cantidad ya pagada, que corresponde al ejercicio presente y a los anteriores, excede del importe a pagar por esos ejercicios, el exceso debe ser reconocido como un activo. 12.5 Reconocimiento de pasivos y activos por impuestos diferidos12.5.1 Diferencias temporarias imponiblesSe reconocerá un pasivo por impuestos diferidos por causa de cualquier diferencia temporaria imponible, a menos que la diferencia haya surgido por:
Sin embargo, debe ser reconocido un pasivo por impuestos diferidos, por diferencias temporarias imponibles asociadas con inversiones en empresas dependientes, sucursales y asociadas, o con participaciones en acuerdos conjuntos. Ciertas diferencias temporarias surgen cuando los gastos o los ingresos se registran contablemente en un ejercicio, mientras que se computan fiscalmente en otro. Ejemplos de diferencias temporarias imponibles que dan lugar a pasivos por impuestos diferidos:
12.5.2 Combinaciones de negociosLos activos identificables adquiridos y pasivos asumidos en una combinación de negocios se reconocerán según sus valores razonables en la fecha de adquisición. Las diferencias temporarias aparecerán cuando las bases fiscales de los activos identificables adquiridos y los pasivos identificables asumidos no se modifiquen por la combinación de negocios o lo hagan de forma diferente. 12.5.3 Activos contabilizados por su valor razonableLas NIIF permiten o requieren que ciertos activos se registren al valor razonable o que se revaloricen. En algunos países, la revalorización o cualquier otra reconsideración del valor del activo, para acercarlo a su valor razonable, afecta a la ganancia (pérdida) fiscal del ejercicio corriente. La diferencia entre el importe en libros de un activo revalorizado y su base fiscal es una diferencia temporaria y da lugar, por tanto, a un activo o pasivo por impuestos diferidos. Esto se cumple incluso cuando:
12.5.4 Fondo de comercioEl fondo de comercio que surja de una combinación de negocios se valorara como del exceso de lo siguiente:
En muchos casos, las autoridades fiscales no permiten que las reducciones del importe en libros del fondo de comercio sean un gasto deducible al determinar la ganancia fiscal. Los pasivos por impuestos diferidos por diferencias temporarias imponibles relacionados con el fondo de comercio se reconocerán en la medida en que no hayan surgido del reconocimiento inicial de este fondo de comercio. 12.5.5 Reconocimiento inicial de un activo o pasivoEn el reconocimiento inicial de un activo o un pasivo puede surgir una diferencia temporaria. El método de contabilización de esta diferencia temporaria dependerá de la naturaleza de la transacción que haya llevado al reconocimiento inicial del activo o del pasivo:
Según la NIC 32, el emisor de un instrumento financiero compuesto (por ejemplo un bono convertible) procederá a clasificar el componente de pasivo del instrumento como un pasivo financiero, y el componente de capital como una partida del patrimonio neto. |
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