Normas Internacionales de Contabilidad - NIC 7: Componentes de la partida efectivo y equivalentes al efectivo y otras informaciones a revelar

  7.19 Componentes de la partida efectivo y equivalentes al efectivo
  7.20 Otras informaciones a revelar
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7.19 Componentes de la partida efectivo y equivalentes al efectivo

La empresa debe revelar los componentes de la partida de efectivo y equivalentes al efectivo, y debe presentar una conciliación de los saldos que figuran en su estado de flujos de efectivo con las partidas equivalentes en el balance.

Las empresas revelarán los criterios adoptados, para determinar la composición de la partida de efectivo y equivalentes al efectivo, a causa de la variedad de prácticas de gestión de efectivo y de servicios bancarios relacionados con ella en todos los países del mundo, así como para dar cumplimiento a lo previsto en la NIC 1.

El resultado de cualquier cambio en las políticas de determinación del efectivo y equivalentes al efectivo, se consideraran parte de la cartera de inversión (NIC 8).

7.20 Otras informaciones a revelar

La empresa debe revelar en sus estados financieros, acompañado de un comentario por parte de la gerencia, cualquier importe significativo de sus saldos de efectivo y equivalentes al efectivo que no esté disponible para ser utilizado por ella misma o por el grupo al que pertenece.

Se aconseja a las empresas que publiquen, junto con un comentario de la gerencia, informaciones como las siguientes.

  • El importe de los prestamos no dispuestos, que pueden estar disponibles para actividades de explotación o para el pago de operaciones de inversión o financiación, indicando las restricciones sobre el uso de tales medio financieros.
  • El importe acumulado de flujos de efectivo que representen incrementos en la capacidad de la explotación, separado de aquellos otros que se requieran para mantener la capacidad de la explotación de la empresa.
  • El importe de los flujos de efectivo por actividades de explotación, de inversión y de financiación, que procedan de cada uno de los segmentos sobre el que deba informarse (NIIF 8).

La presentación de flujos de efectivo por segmentos permitirá a los usuarios obtener una mejor comprensión de las relaciones entre los flujos de efectivo de la empresa en su conjunto y los de cada una de sus partes integrantes, así como de la variabilidad y disponibilidad de los flujos de los segmentos considerados.

Fecha de Vigencia

Esta norma tendrá vigencia para los estados financieros que abarquen los ejercicios que comiencen a partir del 1 de enero de 1994.

Referencia normativa

NIC 7: Estado de flujos de efectivo
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