Normas de registro y valoración contable - Instrumentos financieros - NRV 9

Instrumentos financieros - NRV 9
9. Instrumentos financieros
  9.1 Reconocimiento
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9. Instrumentos financieros

Es un contrato que da lugar a un activo financiero (efectivo, créditos, acciones, participaciones, depósitos de crédito...) en una empresa, y a un pasivo financiero (débitos, deudas, bonos, pagarés...) o a un instrumento de patrimonio (acciones ordinarias emitidas) en otra empresa.

Esta norma se aplica a los siguientes instrumentos financieros: Activos financieros:

  • Efectivo y otros activos líquidos (según la norma 9º de elaboración de las cuentas anuales).
  • Créditos a clientes y deudores.
  • Créditos a terceros: préstamos y créditos financieros, incluidos los que surgen de la venta de activos no corrientes.
  • Obligaciones, bonos, pagarés...
  • Acciones, participaciones en instituciones de inversión colectiva y otros instrumentos de patrimonio...
  • Futuros, opciones, permutas financieras, compraventa de moneda extranjera a plazo... (derivados con valoración favorable para la empresa).
  • Depósitos en entidades de crédito, anticipos y créditos al personal, fianzas y depósitos constituidos, dividendos a cobrar y desembolsos exigidos sobre instrumentos de patrimonio propio.
Pasivos financieros:
  • Débitos por proveedores y acreedores varios.
  • Deudas con entidades de crédito.
  • Obligaciones y valores negociables emitidos: bonos, pagarés...
  • Futuros, opciones, permutas financieras y compra de moneda a plazo... (derivados con valoración desfavorable para la empresa).
  • Deudas con características especiales.
  • Deudas con terceros, préstamos y créditos financieros recibidos de personas o empresas que no sean entidades de crédito incluidos los surgidos en la compra de activos no corrientes, fianzas y depósitos recibidos y desembolsos exigidos por terceros sobre participaciones.
Instrumentos de patrimonio propio:
Son todos los instrumentos financieros que se incluyen dentro de los fondos propios, por ejemplo, las acciones ordinarias emitidas). Asi mismo tienen la calificación de instrumentos financieros los contratos de derivados financieros que para tener la calificación de tales deberán de cumplir con los siguientes requisitos:
  • Su valor varía cuando se producen cambios en los tipos de interés, los precios de instrumentos financieros y materias primas cotizadas, los tipos de cambio, las calificaciones crediticias y los índices sobre ellos..., en el caso de no ser variables financieras no han de ser especificas para una de las partes del contrato.
  • No requiere hacer una inversión inicial o si hacer una pero inferior a la que requiere otro tipo de contratos donde se podría esperar una respuesta similar ante cambios en el mercado.
  • Se liquida en una fecha futura.
    Esta norma es aplicable también en los descuentos comerciales, factoring, cesiones temporales, titulizaciones de activos financieros...

9.1 Reconocimiento

Se reconocerá a un instrumento financiero en el balance de una empresa cuando éste se convierta en un punto obligatorio del contrato o negocio jurídico.
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