NRV 7 - Activos no corrientes y grupos enajenables
| Normas de registro y valoración contable |
Tabla de contenido
7. Activos no corrientes y grupos enajenables de elementos mantenidos para la ventaEs una nueva clasificación, incorporada en el Plan General de Contabilidad 2008, que agrupa aquellos inmovilizados que la empresa ha decidido vender en un plazo no superior a una año y que por tanto ya no pertenecen al "patrimonio productivo" de la empresa. De esta forma se delimitan aquellos activos que la empresa ha podido adquirir para la realización de un negocio y obtención de un beneficio con su compra venta de aquellos que conforman su estructura productiva. Evidentemente también se agrupan en esta clasificación los activos que si bien en el pasado formaron parte de la estructura productiva en el momento actual ya no lo hacen y la empresa espera vender en un plazo inferior a un año. 7.1 Activos no corrientes mantenidos para la ventaSerán activos no corrientes mantenidos para la venta cuando se pueda recuperar su valor registrado en contabilidad a través de su venta y no por su uso continuado, siempre que cumplan los siguientes requisitos:
Se valorarán como activos no corrientes mantenidos para la venta en el momento de su clasificación por el menor de estos dos importes:
Estos activos no se amortizarán, debiendo realizarse las correcciones de valor que se consideren, de forma que el valor contable no exceda del valor razonable menos los gastos de venta. Cuando un activo deje de ser no corriente mantenido para su venta se clasificará en el balance según su naturaleza por el menor importe de entre su valor contable antes de haberlo reclasificado como activo no corriente mantenido para la venta (con las amortizaciones y correcciones valorativas que se hubiesen producido si no hubiese sido reclasificado como activo no corriente) y su valor recuperable añadiendo las diferencias que se pudiesen producir debido a este cambio en la cuenta de pérdidas y ganancias que corresponda a su naturaleza. Los siguientes activos no corrientes sólo se regirán por sus normas específicas:
Las correcciones valorativas por deterioro del valor de los activos no corrientes mantenidos para la venta y su reversión, se reconocerán en la cuenta de pérdidas y ganancias, salvo cuando proceda registrarlas en el patrimonio neto, de acuerdo a los criterios aplicables a los activos en sus normas específicas. 7.2 Grupos enajenables de elementos mantenidos para la ventaConjunto de activos y pasivos asociados que se van a disponer de forma conjunta, como grupo, en una única transacción. Se clasificarán así siempre que se vaya a vender conjuntamente un grupo de activos y pasivos aunque no cumpla la definición de activo no corriente, serán grupos enajenables de elementos mantenidos para la venta.
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