Normas de registro y valoración contable - Activos financieros VI y Pasivos financieros I - NRV 9

  9.2.9 Baja de activos financieros
  9.3 Pasivos financieros
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9.2.9 Baja de activos financieros

La empresa dará de baja un activo financiero, o parte de él, cuando finalicen o se cedan los derechos contractuales de la rentabilidad del activo financiero, siendo necesario que se hayan transferido los riesgos y beneficios resultantes por su propiedad, en circunstancias que se evaluarán comparando la exposición de la empresa , antes y después de la cesión, a la variación de los importes y en el calendario de la rentabilidad neta del activo transferido.

Se entiende por cesión de los riesgos y beneficios inherentes a la propiedad del activo financiero: tales como ventas en firme de activos, cesiones de créditos comerciales en operaciones de "factoring" en donde la empresa no retenga ningún riesgo de crédito ni de interés, las ventas con pacto de recompra por su valor razonable y las titulizaciones de activos financieros en las que la empresa que los cede no retenga financiaciones subordinadas ni conceda ninguna garantía o asuma otro tipo de riesgo.

  • Si la empresa no hubiese cedido ni retenido los riesgos y beneficios, el activo financiero se dará de baja cuando la empresa ya no hubiese retenido este control, dependiendo de la capacidad del que cede para transmitir dicho activo.
  • Si la empresa que cede el activo mantuviese el control del mismo, continuará reconociéndolo por el importe en el que la empresa se exponga por las variaciones de valor del activo cedido, y se reconocerá en pasivo asociado.
  • Al darse de baja el activo financiero, la diferencia que se produzca entre la contraprestación recibida por los costes de transacción, considerando cualquier nuevo activo obtenido menos cualquier pasivo asumido, y el valor en contabilidad , más cualquier importe acumulado reconocido en el patrimonio neto, determinará la ganancia o pérdida y formará parte del resultado del ejercicio (cuenta de pérdidas o ganancias).
  • También se aplicarán en las transferencias de un grupo de activos financieros o de parte del mismo los criterios anteriormente expuestos.
  • En la cesión de activos financieros en los que se haya retenido los riesgos y beneficios (descuento de efectos, "factoring con recurso", ventas de activos financieros con pacto de recompra a precio fijo o precio de venta más interés y las titulizaciones de activos financieros en los que la empresa que cede retenga financiaciones subordinadas u otro tipo de garantías que absorban las pérdidas esperadas), la empresa no dará de baja los activos y reconocerá un pasivo financiero por un importe igual a la contraprestación que reciba, que luego se tratará de acuerdo en lo dispuesto en el apartado de pasivos financieros de esta norma.

9.3 Pasivos financieros

  • Los instrumentos financieros se clasificarán como pasivos financieros siempre que supongan para la empresa una obligación contractual, directa o indirecta, de entregar efectivo u otro activo financiero , o intercambio de activos y pasivos financieros con terceros en condiciones desfavorables, como un instrumento financiero que prevea su recompra obligatoria por parte del emisor, o que dé al que recibe el pasivo financiero el derecho a exigir al emisor su rescate en una fecha y por un importe determinado, o a recibir una remuneración predeterminada cuando haya beneficios a distribuir. En particular, determinadas acciones rescatables y acciones o participaciones sin voto.
  • También serán pasivos financieros todos los contratos que puedan ser o serán, liquidados con instrumentos de patrimonio propio de la empresa, siempre que:
  • Si no es un derivado, obligue o pueda obligar, a entregar una cantidad variable de sus instrumentos de patrimonio propio.
  • Si es un derivado, pueda ser o será, liquidado mediante forma distinta al intercambio de una cantidad fija o de otro activo financiero por una cantidad fija de los instrumentos de patrimonio propio de la empresa. No se incluirán entre los instrumentos de patrimonio propios, los que sean contratos para la futura recepción o entrega de instrumentos de patrimonio propio de la empresa.
Los pasivos financieros se clasifican según su forma de valorarse en :
  1. Débitos y partidas a pagar.
  2. Pasivos financieros mantenidos para negociar
  3. Otros pasivos financieros a valor razonable con cambios en la cuenta de pérdidas y ganancias.
Los pasivos financieros creados a partir de transferencias de activos, donde la empresa no haya cedido ni retenido sus riesgos y beneficios, se valorarán junto con el activo cedido.
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