NRV 8 - Arrendamientos y similares - Leasing -
| Normas de registro y valoración contable |
Tabla de contenido
8. Arrendamientos y similares8.1 ConceptoSe entiende por arrendamiento, cualquier acuerdo por el que el arrendador cede al arrendatario, a cambio de dinero (efectivo o rentas periódicas), el derecho a utilizar un activo durante un tiempo determinado, independientemente que el arrendador quede obligado a prestar sus servicios para la explotación y mantenimiento del activo. 8.2 Clases de arrendamientos:8.2.1 Arrendamiento financiero (Leasing)Es una operación financiera donde los empresarios (arrendatarios financieros) obtienen bienes a cambio del pago de una renta periódica que cubre el valor del bien y las cargas financieras (intereses) que se pacten en contrato, al arrendador financiero suele incorporar una opción de compra de dicho activo al finalizar el arrendamiento por su valor residual, de tal modo que en esta operación se transfieren todos los riesgos y beneficios del activo al arrendatario. Dicha transferencia de riesgos y beneficios se presumirá aunque no exista opción de compra, en los siguientes casos:
El arrendatario registrará en contabilidad en el comienzo del arrendamiento, un activo de acuerdo a la naturaleza del bien arrendado (inmovilizado tangible o intangible) y un pasivo financiero con el mismo importe, que será el menor de entre el valor razonable del activo arrendado y el valor inicial de los pagos acordados, entre los que se incluye el pago por la opción de compra (cuando no existan dudas razonables de que se haga) y cualquier importe que se haya garantizado, excluyéndose las cuotas contingentes (que varían en el tiempo), el coste de los servicios y los impuestos repercutibles por el arrendador. Cuotas de carácter contingente: Pagos por arrendamiento cuyo importe no es fijo sino que varía a lo largo del tiempo.
Los gastos directos que se pudieran producir al inicio del arrendamiento en los que incurra el arrendatario se considerarán como mayor valor del activo. Para calcular el valor actual del activo se utilizará el tipo de interés acordado en el contrato, si no se pudiera determinar, se utilizaría el tipo de interés del arrendatario para operaciones similares. La carga financiera (intereses) se distribuirá a lo largo de todo el arrendamiento y se cargará en la cuenta de pérdidas y ganancias del ejercicio en el cual se devengue, aplicando el método de tipo de interés efectivo. Las cuotas contingentes (que no son fijas varían en el tiempo) serán gastos del ejercicio. El arrendatario aplicará en su contabilidad los criterios de amortización, deterioro y baja que correspondan al activo, y a la baja de los pasivos financieros lo dispuesto en el apartado 9.3.5 "Baja de pasivos financieros de la norma sobre instrumentos financieros" . |
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