Limitación en la deducibilidad de gastos financieros Limitación en la deducibilidad de gastos financieros

La limitación establecida en la Ley del Impuesto sobre Sociedades trata de favorecer indirectamente la capitalización empresarial, a través de la limitación del efecto fiscal del uso de la financiación ajena.

En detalle:
1.- Límite
2.- Beneficio operativo
  2.1.- Gastos financieros
  2.2.- Ingresos financieros
  2.3.- Precisiones contables que difieren de las fiscales
  2.4.- Caso particular
3.- Aplicación de gastos financieros de ejercicios anteriores
4.- Beneficio operativo que no ha determinado la deducibilidad
5.- Ejemplos
  5.1.- Ejemplo 1
  5.2.- Ejemplo 2
  5.3.- Ejemplo 3
6.- Normativa

Recuerda que:
  • Esta limitación se establece en el artículo 20 del Real Decreto Legislativo 4/2004, teniendo efecto para períodos impositivos iniciados a partir de 1 de enero de 2012
  • El límite del 30% del beneficio operativo del ejercicio ó 1 millón de euros
  • Los gastos financieros netos que no hayan sido objeto de deducción podrán deducirse en los períodos impositivos que concluyan en los 18 años inmediatos y sucesivos, conjuntamente con los del período impositivo correspondiente, y con el límite previsto
Limitación en la deducibilidad de gastos financieros-Límite y concepto de beneficio operativo

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