Se trata de una iniciativa comunitaria cuyo objetivo es la simplificación y normalización de los cobros y pagos en Euros entre los paises que conforman la zona Euro así como terceros países.
En profundidad: Area única de pagos en euros - SEPA
Tabla de contenido
SEPA (Single Euro Payments Area) o zona única de pagos en euros
1. ¿Qué es?
Es un protocolo bancario que normaliza y agiliza las transferencias y recibos domiciliados entre países europeos y terceros adheridos al mismo.
2. Países SEPA
Los países adheridos al SEPA son los siguientes: Alemania, Australia, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Holanda, Hungría, Irlanda, Islandia, Italia, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malta, Mónaco, Noruega, Polonia, Portugal, Reino Unido, República Checa, Rumanía, Suecia y Suiza.
3. SEPA en detalle
3.1. Transferencia SEPA
El Código de Cuenta Cliente consta de 20 dígitos y pasará a ser IBAN + BIC, con 24 dígitos, donde se especifica el país con un código más dos dígitos de control.
- CCC: 0000 - 0000 - 00 - 0000000000
- IBAN + BIC: ES00 0000 - 0000 - 00 - 0000000000
3.2. Adeudos directos SEPA
Las empresas y autónomos deberán elegir entre una de estas dos modalidades a la hora de realizar un adeudo directo. Por ejemplo, para el pago de nóminas y pagos recurrentes utilizará el adeudo directo básico, mientras que para pagos de gran valor y puntuales utilizará el adeudo B2B.
Domiciliaciones | Adeudo directo básico | Adeudo directo B2B |
---|---|---|
Uso | Para consumidores empresas y autónomos | Sólo para empresas y autónomos |
Período de devolución | 8 semanas después del cargo 13 meses después del cargo (en caso de no tener mandato) |
No existe devolución después del cargo |
Comprobación de mandato por el banco deudor |
Opcional | Obligatorio |
Validez de las órdenes existentes | Las órdenes existentes conservan su validez | Nuevo mandato por nueva operación |
3.2.1. Flujos de mandato
- Básico o CORE
- El acreedor envía mandato a deudor.
- El deudor envía mandato firmado al acreedor.
- Mecanización de los datos.
- Archivo de mandato.
- B2B
- El acreedor envía dos mandatos a deudor.
- El deudor envía mandato firmado al acreedor y al banco deudor.
- Mecanización de los datos.
- Archivo de mandato.
- El banco deudor realiza el registro de los datos del mandato en sistema.
4. Plazos de presentación
Plazos desde vencimiento | Adeudo directo básico | Adeudo directo B2B |
---|---|---|
D | Fecha de vencimiento = fecha de adeudo = fecha de liquidación interbancaria | Fecha de vencimiento = fecha de adeudo = fecha de liquidación interbancaria |
D-14DN | Notificación previa al cliente del importe y fecha de cargo | Notificación previa al cliente del importe y fecha de cargo |
D-5DL | Presentación del primer recibo o de recibos puntuales | |
D-1DL | Presentación del primer recibo o de recibos puntuales o recurrentes | |
D+2DL | Fecha máxima de devolución por parte de los bancos. El deudor no tiene derecho a devolución |
|
D+5DL | Fecha máxima de devolución por parte de los bancos | |
D+8S | Período máximo de devolución por parte del deudor en recibos autorizados | |
D+13M | Período máximo de devolución por parte del deudor de los recibos no autorizados | |
D+36M | El mandato expira a los 36 meses después de la última presentación del recibo | El mandato expira a los 36 meses después de la última presentación del recibo |
Donde:
DN = Días naturales
DL = Días laborales
S = Semanas
M = Meses