Impuesto sobre el Valor Añadido
Infografía resumen del Impuesto sobre el Valor Añadido - IVA -
2.- Ámbito de aplicación
3.- Operaciones sujetas a gravamen
4.- Hecho imponible
5.- Exenciones
6.- Lugar de realización del hecho imponible
7.- Devengo
8.- Sujeto pasivo y repercusión del impuesto
9.- Base Imponible
10.- Tipos de gravamen
11.- IVA deducible
12.- Regla de la prorrata
13.- Gestión del impuesto
14.- Regímenes especiales, agricultura, recargo de equivalencia, REBU, simplificado y ventas a distancia
15.- Régimen especial criterio de caja
16.- Tabla resumen tipos impositivos
El Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) es un impuesto indirecto, instantáneo y objetivo que grava el consumo, gravando neutralmente las distintas fases de producción de bienes y prestación de servicios.
- Es indirecto tanto en sentido jurídico como económico: jurídicamente porque hay que repercutir siempre y económicamente porque grava el consumo.
- Es instantáneo porque grava en cada operación que efectuamos, pero las declaraciones de IVA se liquidan periódicamente cada tres meses, con carácter general.
- Es objetivo porque no tiene en cuenta las circunstancias personales y familiares del contribuyente.
- El objeto de gravamen es el consumo y el consumidor final es el que va a pagar el IVA.
- Se trata de un impuesto neutral, ya que el impuesto no afecta a las decisiones económicas de la empresa.
- Es un impuesto multifásico, se paga el IVA correspondiente a cada fase de producción de un mismo producto.
En detalle:
1.- Esquema de devengo y liquidación2.- Ámbito de aplicación
3.- Operaciones sujetas a gravamen
4.- Hecho imponible
5.- Exenciones
6.- Lugar de realización del hecho imponible
7.- Devengo
8.- Sujeto pasivo y repercusión del impuesto
9.- Base Imponible
10.- Tipos de gravamen
11.- IVA deducible
12.- Regla de la prorrata
13.- Gestión del impuesto
14.- Regímenes especiales, agricultura, recargo de equivalencia, REBU, simplificado y ventas a distancia
15.- Régimen especial criterio de caja
16.- Tabla resumen tipos impositivos
Ten en cuenta que:
- Grava el consumo final, para una empresa o profesional no es un elemento de coste.
- Las empresas actuan como recaudadoras del impuesto, liquidando a la Hacienda Pública la diferencia entre el IVA repercutido (cobrado) y el IVA soportado (pagado)
- Su cuantía y base de cálculo se ha de detallar en cualquier factura.
- El hecho de no pagar el IVA implica la no obtención de la factura correspondiente al producto o servicio adquirido y, por tanto, hace que perdamos cualquier posibilidad de reclamación formal.
- Sólo se permite la presentación de las declaraciones relativas al impuesto a través de Internet.
1.- Esquema de devengo y liquidación
De esta forma:
- En cada fase de producción o distribución se ingresa en Hacienda el IVA obtenido en la misma.
- El IVA no afecta a las fases intermedias. El empresario se limita a ingresar en Hacienda el exceso del IVA que repercute o cobra sobre el IVA que soporta o paga. Si el exceso fuese negativo (paga más de lo que cobra) la diferencia le es devuelta por Hacienda. El IVA no es ingreso ni gasto, sino un débito (IVA repercutido) o un crédito (IVA soportado) para con Hacienda.
- Tipo IVA general y reducido
- Tipo IVA superreducido