Guía del PGC 2008 - Instrumentos financieros

Instrumentos financieros
9 Instrumentos financieros
  9.1 Reconocimiento
  9.2 Activos financieros
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9. Instrumentos financieros

Un instrumento financiero es un contrato que da lugar a un activo financiero en una empresa y, simultáneamente, a un pasivo financiero o a un instrumento de patrimonio en otra empresa.

En particular, la presente norma resulta de aplicación a los:

  • Activos financieros: tales como efectivo y otros activos líquidos equivalentes, créditos por operaciones comerciales y no comerciales; obligaciones, bonos, pagarés y otros valores representativos de deuda adquiridos; acciones, participaciones en instituciones de inversión colectiva y otros instrumentos de patrimonio adquiridos; y derivados (entre ellos, futuros, opciones y permutas financieras) con valoración favorable para la empresa
  • Pasivos financieros: tales como débitos por operaciones comerciales y no comerciales; obligaciones, bonos, pagarés y otros débitos emitidos representados por valores; y derivados (entre ellos, futuros, opciones y permutas financieras) con valoración desfavorable para la empresa
  • Instrumentos de patrimonio propio: tales como las acciones ordinarias emitidas

Esta norma es aplicable en el tratamiento de las coberturas contables y de las transferencias de activos financieros, tales como los descuentos comerciales, operaciones de "factoring" y cesiones temporales y titulizaciones de activos financieros.

9.1 Reconocimiento

La empresa reconocerá un instrumento financiero en su balance cuando se convierta en una parte obligada del contrato o negocio jurídico conforme a las disposiciones del mismo.

9.2 Activos financieros

Un activo financiero es cualquier activo que sea: dinero en efectivo, un instrumento de patrimonio de otra empresa, o suponga un derecho contractual a recibir efectivo u otro activo financiero, o a intercambiar activos o pasivos financieros con terceros en condiciones potencialmente favorables.

También se clasificará como un activo financiero, todo contrato que pueda ser o será, liquidado con los propios instrumentos de patrimonio, siempre que:

  • Si no es un derivado, obligue o pueda obligar, a recibir una cantidad variable de sus propios instrumentos de patrimonio propio.
  • Si es un derivado, no pueda ser o no será, liquidado mediante un precio fijo por un número fijo de sus propios instrumentos de patrimonio.

Los activos financieros se clasificarán en alguna de las siguientes categorías:

  • Préstamos y partidas a cobrar
  • Inversiones mantenidas hasta el vencimiento
  • Activos financieros mantenidos para negociar
  • Otros activos financieros a valor razonable con cambios en la cuenta de pérdidas y ganancias
  • Inversiones en el patrimonio de empresas del grupo, multigrupo y asociadas
  • Activos financieros disponibles para la venta

A continuación se darán a conocer los aspectos más importantes de cada una de las categorías.

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