Contenido de la memoria VII
| Guía del PGC 2008 |
Tabla de contenido
9.2.2 Información relacionada con la cuenta de pérdidas y ganancias y el patrimonio netoSe informará de:
9.2.3 Otra información a incluir en la memoriaContabilidad de coberturas La empresa deberá incluir, por clases de cobertura contable, una descripción detallada de las operaciones de cobertura que realice, de los instrumentos financieros designados como instrumentos de cobertura, así como de sus valores razonables en la fecha de cierre de ejercicio y de la naturaleza de los riesgos que han sido cubiertos. Adicionalmente, en las coberturas de flujos de efectivo, la empresa informará sobre:
En las coberturas de valor razonable también se informará sobre el importe de las pérdidas o ganancias del instrumento de cobertura y de las pérdidas o ganancias de la partida cubierta atribuibles al riesgo cubierto. Asimismo, se revelará el importe de la ineficacia registrada en la cuenta de pérdidas y ganancias en relación con la cobertura de los flujos de efectivo y con la cobertura de la inversión neta en negocios en el extranjero. Valor razonable La empresa revelará el valor razonable de cada clase de instrumentos financieros y lo comparará con su correspondiente valor en libros. No será necesario revelar el valor razonable en los siguientes supuestos:
La empresa revelará este hecho y describirá el instrumento financiero, su valor en libros y la explicación de las causas que impiden la determinación fiable de su valor razonable. Igualmente, se informará sobre si la empresa tiene o no la intención de enajenarlo y cuándo. En el caso de baja del balance del instrumento financiero se revelará este hecho. También se indicará si el valor razonable de los activos financieros y pasivos financieros se determina tomando como referencia los precios cotizados en mercados activos o se estiman utilizando una técnica de valoración. La empresa revelará el hecho de que los valores razonables registrados o sobre los que se ha informado en la memoria se determinan, total o parcialmente, utilizando técnicas de valoración fundamentadas en hipótesis que no se apoyan en condiciones de mercado en el mismo instrumento ni en datos de mercado observables que estén disponibles. Cuando el valor razonable se hubiese determinado según lo dispuesto en este párrafo, se informará del importe total de la variación de valor razonable imputado a la cuenta de pérdidas y ganancias del ejercicio. Empresas del grupo, multigrupo y asociadas Se detallará información sobre las empresas del grupo, multigrupo y asociadas, incluyendo:
Otro tipo de información Se deberá incluir información sobre:
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Carrito



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