La aprobación del nuevo Plan General Contable mediante el Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre, ha supuesto un cambio en la contabilización de las grandes reparaciones relacionadas con el inmovilizado material, de forma que la cuenta 143 «Provisión para grandes reparaciones» ha desaparecido del Plan.
La norma de registro y valoración 3.ª «Normas particulares sobre el inmovilizado material» en su apartado g) establece que a la hora de determinar el importe por el que vamos a registrar el inmovilizado material se deberá tener en cuenta la incidencia de los costes relacionados con grandes reparaciones.
Así, el importe equivalente a estos costes se amortizará de forma separada a la del resto del valor del elemento, durante el periodo que medie hasta la gran reparación. Una vez realizada esta, su coste se reconocerá en el valor contable del inmovilizado como una sustitución, siempre y cuando se cumplan las condiciones para su reconocimiento, y se dará de baja cualquier importe relacionado con la reparación que pudiera permanecer en el valor contable del citado inmovilizado.
La sociedad «Z» adquiere a principios del ejercicio 1 una máquina cuyo coste es de 100.000 euros. La vida útil estimada es de 10 años y un valor residual de 30.000 euros siendo el método de amortización con el que se genera la amortización lineal. Se estima que cada 3 años será necesario realizar una reparación
por importe de 12.000 euros.
Contabilización
1. Por la adquisición de la máquina en el ejercicio 1:
Asistente contabilidad Chat con inteligencia artificial generativa basado y entrenado con los recursos de Plan General Contable.
Disponible con tu suscripción anual o superior.
Suscribirme