Diferencias temporarias
Son aquellas derivadas de la diferente valoración, contable y fiscal, atribuida a los activos, pasivos y determinados instrumentos de patrimonio de la empresa, en la medida en que tengan incidencia en la carga fiscal futura.Vienen definidas en la Norma de Valoración Nº13 del Plan General Contable.
Estas diferencias podrán ser:
- Deducibles, generan una mayor deducción fiscal en el Impuesto de Sociedades.
- Imponibles, generan una mayor carga fiscal del Impuesto de Sociedades