
Depósito de las cuentas anuales en el Registro Mercantil - Modelos de cuentas anuales

¿Qué modelo de cuentas anuales debo utilizar?
El Ministerio de Justicia ha establecido tres modelos de cuentas anuales, de tal modo que en función del tamaño de la empresa esta podrá optar por la presentación de uno u otro modelo.- Normal
- Abreviado
- Pymes
La normativa vigente establece las condiciones de utilización de los modelos de cuentas anuales Normales, Abreviados y de PYMES, con indicación separada de dichas condiciones para cada uno de los documentos que integran las cuentas anuales, Balance de situación, Cuenta de pérdidas y ganancias, Estado de cambios en el patrimonio neto y Memoria.
Criterios que determinan el modelo de documento a presentar en el Registro Mercantil, para cada elemento que integra las cuentas anuales.
Hay que tener presente que en un mismo depósito de cuentas
pueden incluirse distintos modelos para cada uno de los elementos que
integren dichas cuentas.
Supongamos una empresa presenta al cierre del ejercicio las siguientes
magnitudes:
- Total activo 3.800.000 €
- Volumen de negocio 8.450.000 €
- Plantilla media igual a 49 trabajadores
Su depósito de cuentas anuales podría estar compuesto por:
- Mezcla de distintos modelos: Cuentas de pérdidas y ganancias Abreviada acompañada del Balance de Situación, Memoria y Estado de Cambios en el Patrimonio Neto Normal.
- Utilizar el modelo normal para todos los elementos que componen sus cuentas anuales.
Modelo Pymes
Modelo PYMES | ||
---|---|---|
Microempresa | Resto | |
Elemento de las cuentas anuales | Balance de Situación, Cta. de Pérdidas y Ganancias. ECPM*. Memoria. |
|
Total activo | < 1.000.000 | < 2.850.000 € |
Importe neto de la cifra de negocio | < 2.000.000 | < 5.700.000 € |
Promedio de trabajadores | < 10 | < 50 |
Modelo Abreviado
Modelo Abreviado | ||
---|---|---|
Elemento de las cuentas anuales | Balance de situación. ECPM*, Memoria |
Cta. de Pérdidas y Ganancias |
Total activo | < 4.000.000 € | < 11.400.000 € |
Importe neto de la cifra de negocio | < 8.000.000 € | < 22.800.000 € |
Promedio de trabajadores | < 50 | < 250 |
Modelo Normal
Modelo Normal | ||
---|---|---|
Elemento de las cuentas anuales | Balance de situación, ECPM. EFE. Memoria |
Cta. de Pérdidas y Ganancias |
Total activo | > 4.000.000 € | > 11.400.000 € |
Importe neto de la cifra de negocio | > 8.000.000 € | > 22.800.000 € |
Promedio de trabajadores | > 50 | > 250 |
ECPM: Estado de cambios en el patrimonio neto
EFE: Estado de flujos de efectivo.
En el ejercicio social de su constitución, transformación o fusión, las sociedades podrán formular cuentas anuales según el modelo de PYMES o el modelo Abreviado si reúnen, al cierre del ejercicio, al menos, dos de las tres circunstancias expresadas en las tablas anteriores.
Esta facultad se pierde cuando durante dos ejercicios consecutivos la empresa deje de cumplir dos de los criterios expuestos anteriormente o sus valores estén admitidos a negociación en un mercado regulado de cualquier Estado miembro de la Unión Europea.
Para aplicar un modelo u otro se deben cumplir dos de las tres condiciones expuestas en las tablas anteriores. Además debemos tener en cuenta que algunos sectores están obligados a presentar un modelo en específico según las disposiciones elaboradas por el Banco de España o por la Comisión Nacional del Mercado de Valores.
Documentación contable a presentar en función del modelo de cuentas anuales
Modelo | Documentos |
---|---|
Pymes |
|
Abreviado |
|
Normal |
|
Otros documentos que acompañan a la documentación contable
- Instancia firmada por el solicitante.
- Hoja de datos generales de identificación.
- Certificación del acuerdo de aprobación de las cuentas anuales y de la aplicación del resultado.
- Informe de auditoría, se acompañará de un certificado acreditativo de que las cuentas presentadas se corresponden con las auditadas. Sólo se presentará cuando la sociedad esté obligada a auditarse o si los socios solicitaran la auditoria de la empresa
- Informe de gestión, sólo lo deben de presentar las empresas que realicen el depósito de las cuentas anuales en su versión normal.
- Informe medioambiental, todas las empresas.
- Declaración de acciones/participaciones propias
Si se trata de grupos de sociedades, según lo establecido en los artículos 42 al 49 del Código de Comercio, la sociedad dominante está obligada a formular las cuentas anuales y el informe de gestión consolidado, cuando participando en el capital de otra sociedad, se encuentre en relación con ésta en alguno de los siguientes supuestos:
- ”Ser titular de la mayoría de los derechos de voto, ya directamente o a través del oportuno acuerdo de sindicación.
- Poder nombrar o destituir a la mayoría de los miembros del órgano de administración.
- Haber nombrado exclusivamente con sus votos la mayoría de los miembros del órgano de administración en el ejercicio que se deban de formular las cuentas consolidadas y los dos ejercicios anteriores inmediatos, salvo que los nombrados lo sean de una sociedad vinculada a otra que posea la mayoría de los derechos de voto o pueda nombrar o destituir a la mayoría de los miembros del órgano de administración.”