Depósito de las cuentas anuales en el Registro Mercantil Depósito de las cuentas anuales en el Registro Mercantil

Este es el trámite mediante el cual todas las empresas que operan en España hacen pública la marcha de su actividad para que así el resto de operadores económicos, esto es, otras empresas, la administración en todos sus niveles así como cualquier ciudadano, puedan conocer de primera mano la situación económica de la empresa en el último ejercicio así como los resultados obtenidos.

De esta forma a través de las cuentas anuales de una empresa cualquiera puede analizar la evolución de su actividad así como de sus derechos y obligaciones patrimoniales.

Depósito de las cuentas anuales en el Registro Mercantil

Índice detallado

  • Todas las empresas están obligadas a depositar en el Registro Mercantil un ejemplar de sus cuentas anuales al cabo de un mes a partir de su aprobación por la Junta General de accionistas.
  • El incumplimiento de dicha obligación puede acarrear la imposición de sanciones por parte del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas así como el cierre de la posibilidad de registro, por parte de la empresa, de sus actos societarios.
  • El Registro Mercantil es el organismo en el que se custodian todos los hechos de relevancia que tienen que ver tanto con la marcha de la empresa.

Descarga del programa D2

En muchas empresas se opta por la utilización del programa el Registro Mercantil para la cumplimentación de las cuentas anuales y su depósito en el registro. Puedes descargar el programa desde la página del Registro Mercantil .

Novedades cumplimentación en el programa D2 versión 2022 del Depósito Digital

Determinación de la titularidad real de la sociedad

En este ejercicio el Registro Mercantil quiere que las empresas ratifiquen específicamente las posible variación o falta de variación en la titularidad real de la sociedad. Para ello el programa D2 nos fuerza a complementar los datos de los titulares reales de la sociedad asumiendo como una actualización tanto la comunicación de una actualización como tal que conllevaría una variación sobre los datos consignados en el ejercicio anterior como la ratificación de los mismos titulares declarados en el ejercicio anterior.

Además debemos cumplimentar dicha titularidad detallando tanto la titularidad conforme al porcentaje de participación en el capital social como en cuanto al porcentaje de derechos de voto. En la gran mayoría de las empresas el porcentaje de participación en el capital social es idéntico al porcentaje de derechos de voto por lo que cumplimentaremos la misma información en ambos apartados.

Dado que el sistema fuerza la actualización de los datos, aunque sean los mismos y dado que nos pide una fecha de reputación de los mismos, esta fecha, deberá corresponderse con:

  • La fecha de modificación de los datos, en caso de haberse producido
  • La fecha de aprobación de las cuentas anuales del ejercicio o una fecha posterior a la misma pero anterior a la fecha de depósito de las cuentas anuales.
Depósito de las cuentas anuales en el Registro Mercantil-Regulación, obligados y composición de las cuentas anuales

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