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Prueba gratis 14 dias.Contabilizar modelos de Hacienda y la Seguridad Social - Retenciones y préstamos socio-empresa
1.- Modelos serie 100, pagos y retenciones a cuenta del IRPF
- 111. Rendimientos del trabajo y de actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de Renta. Autoliquidación
- 190. Resumen anual retenciones del trabajo, actividades económicas, premios, etc.
- 115. Rentas o rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos. Declaración - documento de ingreso.
- 180. Resumen Anual. Rendimientos procedentes del arrendamiento de inmuebles urbanos.
- 123. IRPF Impuesto sobre Sociedades. I.R.N.R. (establecimientos permanentes). Retención e ingreso a cuenta. Determinados rendimientos del capital mobiliario o determinadas rentas. (Modelo utilizado para préstamos socio a empresa, liquidaciones trimestrales).
- 193. Resumen anual, Retenciones e ingresos a cuenta sobre determinados rendimientos de capital mobiliario. Retenciones e ingresos a cuenta sobre determinadas rentas. (Modelo utilizado para préstamos socio a empresa, declaración informativa de las cuantías declaradas en el modelo 123).
1.1.- Pago trimestral retenciones de trabajadores, profesionales y alquileres

Para las retenciones o ingresos a cuenta de profesionales y trabajadores se utiliza el modelo 111.
El plazo de presentación será durante los 20 primeros días naturales del mes siguiente al período de declaración mensual que corresponda, excepto la declaración - documento de ingreso del período del mes de julio, que se presentará durante el mes de agosto y los 20 primeros días naturales del mes de septiembre inmediatamente posterior.
Modelo 111 | Presentación |
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1 Trimestre | 1 a 20 Abril |
2 Trimestre | 1 a 20 Julio |
3 Trimestre | 1 a 20 Octubre |
4 Trimestre | 1 a 20 Enero |

Para le retención de alquileres se emplea el modelo 115. Con su declaración anual correspondiente: el modelo 180.
El plazo de presentación será el siguiente:
- Declaración trimestral: durante los 20 primeros días naturales de los meses de abril, julio, octubre y enero, por las retenciones e ingresos a cuenta que correspondan al trimestre natural inmediato anterior.
- Declaración mensual (grandes empresas): durante los 20 primeros días naturales del mes siguiente al período de declaración mensual que corresponda, excepto la declaración-documento de ingreso del período del mes de julio, que se presentará durante el mes de agosto y los 20 primeros días naturales del mes de septiembre inmediatamente posterior.
Modelo 115 | Presentación |
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1 Trimestre | 1 a 20 Abril |
2 Trimestre | 1 a 20 Julio |
3 Trimestre | 1 a 20 Octubre |
4 Trimestre | 1 a 20 Enero |
Un ejemplo sería el siguiente:
Debe | Haber | |||||||||
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a |
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Nota: no es obligatorio diferenciar las retenciones según el tipo (trabajadores, profesionales, alquileres), aunque es interesante para la empresa realizarlo de esta forma.
De esto modo, tendríamos el total a pagar en la cuenta genérica 4751:
Debe | Haber | |||||
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a |
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