Contabilización rappel anticipado de un proveedor

Anterior Contabilidad a fondo  Facturación, compras y ventas  Contabilización rappel anticipado de un proveedor Siguiente
Contabilización rappel anticipado de un proveedor
Autor: NewPyme

En el sector Horeca - Hostelería, Restauración y Cafeterías - es muy habitual que algunos proveedores formalicen contratos consisten en que el proveedor ingresa o adelanta una cantidad de dinero a cambio del compromiso de mantenerse como proveedor en exclusiva. Una de sus características es que inicialmente las facturas del proveedor tendrán signo negativo.

Se trata de un contrato de rappel por futuras compras con la condición de asumir el compromiso de compra de un volumen preestablecido de productos (unidades, litros, etc.) durante un período de tiempo determinado.

Según la consulta 5 del BOICAC nº91 de 2012, se trata de un rappel cobrado por anticipado:

El nuevo Plan General Contable -PGC- define los pasivos en su primera parte "Marco Conceptual de la Contabilidad" (MCC), apartado 4º, como:
"Obligaciones actuales surgidas como consecuencia de sucesos pasados, para cuya extinción la empresa espera desprenderse de recursos que puedan producir beneficios o rendimientos económicos en el futuro."

Adicionalmente, en el apartado 5º se indica que:
"Los pasivos deben reconocerse en el balance cuando sea probable que, a su vencimiento y para liquidar la obligación, deban entregarse o cederse recursos que incorporen beneficios o rendimientos económicos futuros, y siempre que se puedan valorar con fiabilidad (…)."

Por su parte, el principio de devengo se enuncia en el nuevo Plan como sigue:
"Los efectos de las transacciones o hechos económicos se registrarán cuando ocurran, imputándose al ejercicio al que las cuentas anuales se refieran, los gastos y los ingresos que afecten al mismo, con independencia de la fecha de su pago o de su cobro."

La interpretación sistemática de todo lo anterior debe llevar a concluir que la correlación entre ingresos y gastos se contempla en el PGC siempre supeditada a que proceda reconocer el correspondiente pasivo.

Por ello, este Instituto considera en vigor el criterio recogido en la consulta 2 del BOICAC nº 53 en el marco del nuevo PGC, siempre que a la vista del acuerdo suscrito con el proveedor deba concluirse que, en caso de incumplimiento, la empresa deba entregar o ceder recursos que incorporen beneficios o rendimientos económicos futuros.

Para contabilizar o reclasificar el citado importe, la empresa podrá emplear una cuenta del subgrupo 18 con adecuada denominación, que se imputará a la cuenta de pérdidas y ganancias según se vaya devengando el rappel.

En las cuentas del subgrupo 18 se registran las fianzas, anticipos y depósitos recibidos y garantías financieras concedidas a largo plazo. Si el vencimiento o extinción se espera a corto plazo deberá figurar en el epígrafe «Deudas a corto plazo» o «Periodificaciones a corto plazo», según corresponda. A estos efectos se traspasará el importe que representen las fianzas, anticipos, depósitos recibidos y garantías financieras concedidas a largo plazo con vencimiento a corto a las cuentas correspondientes del subgrupo 48 o 56.

En cuanto al Impuesto sobre el Valor Añadido, el proveedor expide la factura sin IVA y realiza el ingreso íntegro de la cantidad acordada, pero en el momento del cobro del rappel anticipado se produce el devengo del impuesto, por lo que el cliente -la empresa del sector de la hostelería- debe autorrepercutir e ingresar el IVA al tipo general en Hacienda. La falta de este ingreso en el Tesoro puede derivar en una liquidación posterior por la Administración tributaria, así como sanciones por dejar de ingresar el impuesto, junto con los intereses de demora que procedan.

En este apartado veremos un ejemplo donde se acepta este tipo de operación financiera con un proveedor, el registro contable de las facturas con rappels recibidas del proveedor y cómo se va cancelando la deuda con el mismo.

Ejemplo

A principios de enero de 20X1, una pequeña empresa constituida por dos socios abre un negocio de hostelería y acepta con la empresa BEBECONMODERACIÓN, SA un contrato de rappel sobre futuras compras ingresando en la cuenta corriente de la nueva empresa 60.500 euros (IVA del 21 % incluido) a devolver en 5 años.

La facturación se realiza mensualmente conforme a los litros consumidos y la factura del primer mes es la siguiente:

  • Descuento por Compra Cerveza Amortización: - 1.000 + 210 (IVA 21%)
  • Descuento por compra de cerveza destinado a la devolución del préstamo XXX según contrato XXX.

Contabilización

1. Por el adelanto del rappel

En el momento de recibir el rappel y dado que su duración es superior a un ejercicio contabilizaremos su reconocimiento y cobro, periodificando los importes entre el largo y el corto plazo.

Debe Haber
60.500 ( 572 ) Bancos
a
( 182 ) Rappel especial anticipado a largo plazo 40.000
( 562 ) Rappel especial anticipado a corto plazo 10.000
( 472 ) Hacienda pública IVA soportado - 50.000 x 21% - 10.500

2. Por la factura recibida con el descuento o rappel

Debe Haber
1.000 ( 600 ) Compra de mercaderías
210 ( 472 ) Hacienda pública IVA soportado
a
( 400 ) Proveedores 1.210

3. Por la compensación de la cuenta del proveedor

Debe Haber
1.210 ( 400 ) Proveedores
a
( 609 ) Rappels sobre compras 1.000
( 472 ) Hacienda pública IVA soportado - 1.000 x 21% - 210

Estos dos asientos de factura recibida y compensación con el proveedor se pueden realizar en un único asiento contable:

Debe Haber
1.000 ( 600 ) Compra de mercaderías
210 ( 472 ) Hacienda pública IVA soportado
a
( 609 ) Rappels sobre compras 1.210

4. Imputación al cierre del ejercicio en la cuenta de pérdidas y ganancias

Al cierre del ejercicio deberá valorarse la parte proporcional que corresponda traspasar a resultados -es decir, a la cuenta (609) Rappels sobre compras- según los consumos realizados sobre el total estimado del compromiso de compra o en proporción alícuota de los años que abarca el compromiso si los consumos se estiman regulares.

A 31 de diciembre se imputará a la cuenta de pérdidas y ganancias el importe de rappel que se haya devengado en el ejercicio.

Debe Haber
1.000 ( 562 ) Rappel especial anticipado a corto plazo
a
( 609 ) Rappels sobre compras 1.000

5. Por la reclasificación del largo al corto plazo

Al principio de cada ejercicio realizaremos una reclasificación de la parte del rappel anticipado que consideremos o preveamos consumir en el ejercicio, traspasando dicho importe del largo al corto plazo.

Debe Haber
10.000 ( 182 ) Rappel especial anticipado a largo plazo
a
( 562 ) Rappel especial anticipado a corto plazo 10.000

La contabilización de factura sobre rappels, compensación de la cuenta del proveedor, traspaso de ingresos y reclasificación de largo a corto plazo se realizará hasta la completa extinción de la deuda con el proveedor.

Recuerde que tanto la cuenta (182) Rappel especial anticipado a largo plazo como la (562) Rappel especial anticipado a corto plazo, son cuentas no definidas en el cuadro de cuentas del Plan General de Contabilidad por lo que deberá crearlas específicamente en su programa de contabilidad.

Apps contables y financieras:

App Cuadro de Cuentas Plan General Contable Calcula préstamos, leasing, depésitos y planes de pensiones con tu smartphone Disponible en App Store Disponible en Google Play

Patrocinador

TeamSystem. Software de contabilidad y facturación
Asistente contabilidad
Chat con inteligencia artificial generativa basado y entrenado con los recursos de Plan General Contable.

Disponible con tu suscripción anual o superior. Suscribirme

Cerrar