| Autor: NewPyme | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
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Casos y dudas planteadas por la comunidadSeguro médico pagado por la empresa y descontado al trabajadorUna empresa paga un seguro médico privado y posteriormente descuenta una parte en nómina. Si el pago lo realiza la empresa por cuenta del trabajador, puede registrarse inicialmente como anticipo o saldo a recuperar en (460) Anticipos de remuneraciones, cancelándolo cuando se descuenta en nómina. Si la empresa asume el coste como beneficio social, el gasto suele registrarse en (649) Otros gastos sociales. Seguro médico como retribución en especieSe pregunta si el seguro médico privado debe tratarse como retribución en especie. Cuando la empresa paga la póliza en favor del trabajador o de sus familiares, puede existir retribución en especie. En IRPF existe una exención para primas de seguro de enfermedad dentro de los límites legales por persona asegurada, con límites superiores en caso de discapacidad. Nómina con seguro médico exentoLa nómina incluye seguro médico reconocido como salario en especie y dentro del límite exento. Aunque esté exento de IRPF hasta el límite aplicable, debe reflejarse correctamente en la nómina y en la contabilidad. El asiento puede combinar el gasto de personal o gasto social, las retenciones en (4751), la Seguridad Social en (476), el líquido en (465) y el saldo frente al trabajador si una parte se le repercute. Seguro médico de algunos trabajadoresSe consulta cómo registrar los gastos de personal cuando la empresa paga un seguro médico solo a parte de la plantilla. Debe documentarse la política retributiva y revisar si existe retribución en especie, ventaja exenta o importe sujeto. Contablemente se registra según la naturaleza del gasto, normalmente como gasto social o remuneración, sin perder de vista su tratamiento fiscal y laboral. Retribución en especie e ingreso a cuentaEl caso de administradores o trabajadores con cuotas o beneficios asumidos por la sociedad exige separar la retribución en especie del ingreso a cuenta. El ingreso a cuenta puede repercutirse al perceptor o ser asumido por la empresa. Esa decisión modifica el neto de la nómina y la contabilización, pero en todo caso debe quedar identificado el valor de la especie, la retención o ingreso a cuenta y el importe satisfecho por la sociedad. | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
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