Este impuesto representa lo que la empresa tiene que contribuir a
hacienda una vez al año. El impuesto sobre el beneficio desde el punto
de vista contable es un gasto y además es el último gasto del periodo.
Asiento contable
Si el Beneficio contable antes del impuesto coincide con la Base
Imponible (calculada mediante las normas del Impuesto de Sociedades)
el asiento a realizar será:
Base imponible coincidente con el beneficio contable
Que existan diferencias permanentes: son diferencias
de concepto para Hacienda y para la empresa en cuanto a lo
que es gasto y lo que no es y lo que es ingreso y lo que no
lo es. Por ejemplo para Hacienda las sanciones no son un gasto
y sin embargo para la empresa si lo son.
Que existan diferencias temporales: implican una diferencias
en cuanto al devengo, bien del ingreso o bien del gasto.
A continuación expondremos varios ejemplos con casos posibles, basándonos en un impuesto de sociedades del 30%.
La empresa "X" ha determinado un beneficio contable de 250.000 euros, el cual coincide con la base imponible para el pago del impuesto de sociedades, la contabilización sería la siguiente:
Si por el contrario la empresa determina un beneficio contables de 250.000 y una base imponible de 230.000 euros, la contabilización sería la siguiente:
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