Este tipo de provisiones se dotan para créditos incobrables con origen
en operaciones de tráfico.
El plan general contable plantea dos alternativas para contabilizar
estas provisiones dependiendo de lo siguiente:
Alternativa 1: La empresa cifra el importe de la provisión al final
del ejercicio mediante una estimación global del riesgo de incobrables
existente en los saldos de clientes y deudores:
Al dotar estas provisiones habrá que diferenciar entre las que se realizan
cuando cerramos un ejercicio (1er asiento), y las que realizamos
por la previsión existente en el ejercicio anterior (2º asiento).
Alternativa 2: La empresa cifra el importe de la provisión mediante
un sistema individualizado de seguimiento de saldos de clientes y deudores:
Al dotar estas provisiones podremos nos podremos encontrar con los siguientes
casos que contabilizaremos de la siguiente forma:
Dotar una provisión por insolvencias de tráfico por los riesgos que
se vayan estimando a lo largo del ejercicio (1er asiento),
desaparecen los riesgos que determinaron la dotación de la provisión
(2º asiento), se recupera el crédito para el que se dotó la provisión
(3er y 4º asiento), y por último se da por perdido el crédito
definitivamente por lo que deja de considerarse pérdida reversible a
ser una insolvencia firme (5º y 6º asiento).
Asiento contable
Para la opción 1 la empresa "Y" estima teniendo en cuenta los saldos de clientes y deudores que sus incobrables ascienden a la suma de 5.000 euros, en el periodo anterior se había provisionado la suma de 4.500 euros.
Para la opción 2 la empresa "Y" ha estimado unos incobrables de 3.000 euros.
Alternativa 1, dotación provisión insolvencias por estimación global
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