En este supuesto nuestra empresa debe realizar el pago fraccionado de
IVA del último trimestre en el que ha venido realzando su actividad.
El total acumulado durante este periodo en concepto de IVA soportado asciende
a 7452 euros, y por IVA repercutido la suma es 2.884 euros, por lo que
el asiento quedaría de la siguiente manera:
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