Descripción
- Las Fianzas son el efectivo recibido como garantía del cumplimiento de una obligación, que habrá de ser devuelto cuando ello concurra. En caso de incumplimiento, la empresa hará propio el importe total o parcial de la fianza.
- Los Depósitos son cantidades que determinadas empresas -en general, compañías suministradoras de gas, electricidad, teléfono ...- reciben como garantía del material que entregan a los usuarios. A la finalización del contrato, los depósitos han de ser devueltos o descontados del precio final del servicio prestado.
El registro a realizar al recibirse el efectivo en concepto de fianza o depósito significa un cargo en las cuentas oportunas del subgrupo 57. Tesorería, con abono a las cuentas 180. Fianzas recibidas a largo plazo o 185. Depósitos recibidos a largo plazo, según proceda. No obstante, si la devolución de aquellas cantidades debe realizarse en un plazo no superior a 12 meses, las cuentas de abono serán la 560. Fianzas recibidas a corto plazo o la 561. Depósitos recibidos a corto plazo, según corresponda. Estas últimas cuentas también se utilizan para el traspaso de la garantía o del depósito contabilizados a largo plazo, cuando su vencimiento se sitúe en el corto plazo.
Asiento contable
La empresa “X” alquila un local comercial a la empresa "Z", la duración del contrato será de tres años a partir del 1 de Agosto de 2006, se solicita una fianza de 2.000 euros.
En el momento de la recepción de la fianza a largo plazo.
El 1 de Enero de 2007 se hace la siguiente contabilización (en el momento del traspaso de largo a corto plazo).
Al procederse a la devolución de estas cantidades, es decir en Agosto de 2009, o a su cancelación anticipada por acuerdo entre las partes, el asiento a realizar será el de cargo a la cuenta acreedora respectiva con abono a la de tesorería.
Si la empresa “Z” incumple la obligación afianzada esto implica un derecho de la empresa depositaria del depósito o la fianza, en este ejemplo la empresa “X”, a hacer suyo el importe total o parcial de la misma. El hecho constituye un resultado positivo que se refleja mediante un cargo a la cuenta correspondiente, con abono a la cuenta 778. Ingresos Extraordinarios.
Asientos contables relacionados
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