Legalización de libros oficiales
| Contabilidad empresarial desde cero |
Tabla de contenido
10 Legalización de libros oficialesTodas las sociedades tienen la obligación cada año de presentar sus libros contables en el Registro Mercantil de su domicilio social.El tiempo para presentarlos y legalizarlos es hasta 4 meses desde producirse el cierre del ejercicio económico de la empresa (finales de abril). Los libros que se presenten en blanco cuya legalización hubiera sido anterior a los días finales de abril no están sujetos a plazo porque el contenido que se debe anotar en ellos se entiende cómo legalizado. 10.1 Llevanza de libros y obligación de legalizar Todas las sociedades mercantiles tienen la obligación de legalizar
en el Registro Mercantil los siguientes libros oficiales:
Libro de Actas - Artículo 106 del Real Decreto 1784/1996 de 19 de Julio, por el que se aprueba el Reglamento del Registro Mercantil Libro diario Inventario y cuentas anuales 10.1.1 Profesionales por cuenta propiaSi se encuentran en estimación directa simplificada del IRPF, deberán llevar Libros Fiscales, sin ser necesaria la llevanza de los de Comercio:
10.1.2 Empresarios individuales
10.1.3 Sociedades Limitadas
Libros oficiales obligatorios: el diario, el inventario, las cuentas anuales, el libro de socios y el libro de actas Nota: 10.1.4 Sociedades Anónimas
Libros oficiales obligatorios: el diario, el inventario, las cuentas anuales, el libro de acciones nominativas y el libro de actas 10.2 ¿Cómo presentar los libros oficiales para su legalización?En la actualidad todos los libros que obligatoriamente debe de llevar una empresa han de ser cumplimentados y presentados en soporte electrónico, debiéndose presentar en los cuatro meses siguientes al cierre del ejercicio de la sociedad. |
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