Ejemplo
La sociedad “X” inicia la construcción de un edificio el día 1 de octubre de 20X0 y tiene prevista una duración de dos años. Para financiar dicha operación solicita y obtiene 2 préstamos:
- Un préstamo promotor de 30.000.000 u.m., amortizable mediante anualidades constantes a partir de la finalización de la construcción con un interés del 5 por 100 anual. Durante el periodo de construcción las liquidaciones de intereses tendrán carácter trimestral. Fecha de de concesión del préstamo, 1 de octubre de 20X0.
Durante el último trimestre del año 20X0 las certificaciones de obra han sido de 180.000 u.m., las cuales han sido pagadas con la cuenta del préstamo, el cual ha devengado en este periodo gastos financieros por importe de 2.400 u.m., de los cuales 2.100 u.m. corresponde incorporar a las instalaciones.
- Un préstamo para financiar el IVA soportado (deducible en su totalidad) en las certificaciones de obra durante el último trimestre del año 20X0. Su importe es de 37.800 u.m. y ha devengado unos intereses a 31 de diciembre de 20X0 de 560 u.m. que están pendiente de pago. El préstamo se obtiene el 1 de diciembre de 20X0 y se reembolsara dentro de un año.
Contabilizar las operaciones en el último trimestre del año 20X0.
Contabilización
Por la obtención del préstamo promotor el día 1 de octubre de 20X0, no se realiza ningún asiento ya que se trata de un préstamo de disposición gradual y hasta que no se disponga de cantidad alguna no se registrará la deuda.
Por las certificaciones de obra del último trimestre:
Debe |
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Haber |
180.000,00 |
(
231 ) Construcciones en curso |
37.800,00 |
(
472 ) Hacienda Pública, IVA soportado |
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a |
(
572 ) Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros |
217.800,00 |
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Por la disposición del préstamo promotor para pagar la certificación de obra:
Debe |
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Haber |
180.000,00 |
(
572 ) Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros |
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a |
(
170 ) Deudas a largo plazo con entidades de crédito |
180.000,00 |
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Por la obtención del préstamo para pagar el IVA:
Debe |
|
Haber |
37.800,00 |
(
572 ) Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros |
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a |
(
520 ) Deudas a corto plazo con entidades de crédito |
37.800,00 |
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Por los intereses devengados a 31 de diciembre por los dos préstamos:
Debe |
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Haber |
2.960,00 |
(
662 ) Intereses de deudas
(2.400 + 560) |
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a |
(
572 ) Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros |
2.400,00 |
(
527 ) Intereses a corto plazo de deudas con entidades de crédito |
560,00 |
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Únicamente se podrán capitalizar como mayor valor del inmovilizado los intereses que se han devengado por el préstamo asociado a la construcción del activo y devengado por las cantidades utilizadas para su construcción, en concreto las 2.100 u.m. mencionadas en el enunciado. No se podrán activar los intereses devengados por el préstamo solicitado para pagar el IVA.
Debe |
|
Haber |
2.100,00 |
(
231 ) Construcciones en curso |
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a |
(
76 ) Incorporación al activo de gastos financieros |
2.100,00 |
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