Capitalización de gastos financieros de un préstamo para financiar el IVA

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Capitalización de gastos financieros de un préstamo para financiar el IVA
Autor: Centro de Estudios Financieros (CEF)

Vamos a tratar la posibilidad de activar los gastos financieros devengados por un préstamo solicitado para pagar el IVA soportado por la construccion de un inmueble, para cuya adquisición se solicita a su vez otro préstamo.

El Plan General de Contabilidad (PGC) aprobado por el Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre, establece en la norma de registro y valoración (NRV) 2.ª “Inmovilizado material” que en los inmovilizados que necesiten un periodo de tiempo superior a un año para estar en condiciones de uso, se incluirán en el precio de adquisición o coste de producción los gastos financieros devengados antes de la puesta en condiciones de funcionamiento y que hayan sido girados por el proveedor o correspondan a préstamos u otro tipo de financiación ajena, específica o genérica, directamente atribuible a la adquisición, fabricación o construcción.

A su vez la misma norma indica que los impuestos indirectos que gravan los elementos del inmovilizado material solo se incluirán en el precio de adquisición o coste de producción cuando no sean recuperables directamente de la Hacienda Pública.

Dado que el IVA soportado es deducible, teniendo en cuenta lo dicho en el anterior párrafo, no podrá formar parte del precio de adquisición o coste de producción y, por lo tanto, no puede calificarse el préstamo obtenido para pagar el IVA como financiación específica del inmovilizado.

Ejemplo
Contabilización

Ejemplo

La sociedad “X” inicia la construcción de un edificio el día 1 de octubre de 20X0 y tiene prevista una duración de dos años. Para financiar dicha operación solicita y obtiene 2 préstamos:

  1. Un préstamo promotor de 30.000.000 u.m., amortizable mediante anualidades constantes a partir de la finalización de la construcción con un interés del 5 por 100 anual. Durante el periodo de construcción las liquidaciones de intereses tendrán carácter trimestral. Fecha de de concesión del préstamo, 1 de octubre de 20X0.
    Durante el último trimestre del año 20X0 las certificaciones de obra han sido de 180.000 u.m., las cuales han sido pagadas con la cuenta del préstamo, el cual ha devengado en este periodo gastos financieros por importe de 2.400 u.m., de los cuales 2.100 u.m. corresponde incorporar a las instalaciones.

  2. Un préstamo para financiar el IVA soportado (deducible en su totalidad) en las certificaciones de obra durante el último trimestre del año 20X0. Su importe es de 37.800 u.m. y ha devengado unos intereses a 31 de diciembre de 20X0 de 560 u.m. que están pendiente de pago. El préstamo se obtiene el 1 de diciembre de 20X0 y se reembolsara dentro de un año.

Contabilizar las operaciones en el último trimestre del año 20X0.

Contabilización

Por la obtención del préstamo promotor el día 1 de octubre de 20X0, no se realiza ningún asiento ya que se trata de un préstamo de disposición gradual y hasta que no se disponga de cantidad alguna no se registrará la deuda.

Por las certificaciones de obra del último trimestre:

Debe Haber
180.000,00 ( 231 ) Construcciones en curso
37.800,00 ( 472 ) Hacienda Pública, IVA soportado
a
( 572 ) Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros 217.800,00

Por la disposición del préstamo promotor para pagar la certificación de obra:

Debe Haber
180.000,00 ( 572 ) Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros
a
( 170 ) Deudas a largo plazo con entidades de crédito 180.000,00

Por la obtención del préstamo para pagar el IVA:

Debe Haber
37.800,00 ( 572 ) Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros
a
( 520 ) Deudas a corto plazo con entidades de crédito 37.800,00

Por los intereses devengados a 31 de diciembre por los dos préstamos:

Debe Haber
2.960,00 ( 662 ) Intereses de deudas
(2.400 + 560)
a
( 572 ) Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros 2.400,00
( 527 ) Intereses a corto plazo de deudas con entidades de crédito 560,00
Únicamente se podrán capitalizar como mayor valor del inmovilizado los intereses que se han devengado por el préstamo asociado a la construcción del activo y devengado por las cantidades utilizadas para su construcción, en concreto las 2.100 u.m. mencionadas en el enunciado. No se podrán activar los intereses devengados por el préstamo solicitado para pagar el IVA.
Debe Haber
2.100,00 ( 231 ) Construcciones en curso
a
( 76 ) Incorporación al activo de gastos financieros 2.100,00

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