Capitalización de gastos financieros de un préstamo para financiar el IVA

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Capitalización de gastos financieros de un préstamo para financiar el IVA
Autor: Centro de Estudios Financieros (CEF)

Vamos a tratar la posibilidad de activar los gastos financieros devengados por un préstamo solicitado para pagar el IVA soportado por la construccion de un inmueble, para cuya adquisición se solicita a su vez otro préstamo.

La Norma de Registro y Valoración 2ª del Plan General Contable establece que en los inmovilizados que necesiten un periodo de tiempo superior a un año para estar en condiciones de uso, se incluirán en el precio de adquisición o coste de producción los gastos financieros devengados antes de la puesta en condiciones de funcionamiento y que hayan sido girados por el proveedor o correspondan a préstamos u otro tipo de financiación ajena, específica o genérica, directamente atribuible a su adquisición, fabricación o construcción.

A su vez la misma norma indica que los impuestos indirectos que gravan los elementos del inmovilizado material solo se incluirán en el precio de adquisición o coste de producción cuando no sean recuperables directamente de la Hacienda Pública.

Dado que el IVA soportado es deducible, teniendo en cuenta lo dicho en el anterior párrafo, no podrá formar parte del precio de adquisición o coste de producción y, por lo tanto, no puede calificarse el préstamo obtenido para pagar el IVA como financiación específica del inmovilizado.

Contabilización de los gastos financieros de un préstamo para financiar el IVA

La sociedad “X” inicia la construcción de un edificio el día 1 de octubre de 20X0 y tiene prevista una duración de dos años. Para financiar dicha operación solicita y obtiene 2 préstamos:

  1. Un préstamo promotor de 30.000.000 €, amortizable mediante anualidades constantes a partir de la finalización de la construcción con un interés del 5 por 100 anual. Durante el periodo de construcción las liquidaciones de intereses tendrán carácter trimestral. Fecha de de concesión del préstamo, 1 de octubre de 20X0.
    Durante el último trimestre del año 20X0 las certificaciones de obra han sido de 180.000 €, las cuales han sido pagadas con la cuenta del préstamo, el cual ha devengado en este periodo gastos financieros por importe de 2.400 €, de los cuales 2.100 € corresponde incorporar a las instalaciones.

  2. Un préstamo para financiar el IVA soportado (deducible en su totalidad) en las certificaciones de obra durante el último trimestre del año 20X0. Su importe es de 37.800 € y ha devengado unos intereses a 31 de diciembre de 20X0 de 560 € que están pendiente de pago. El préstamo se obtiene el 1 de diciembre de 20X0 y se reembolsara dentro de un año.

Contabilizar las operaciones en el último trimestre del año 20X0.

Asientos contables

Por la obtención del préstamo promotor el día 1 de octubre de 20X0, no se realiza ningún asiento ya que se trata de un préstamo de disposición gradual y hasta que no se disponga de cantidad alguna no se registrará la deuda.

Por las certificaciones de obra del último trimestre

Debe Haber
180.000,00 ( 231 ) Construcciones en curso
37.800,00 ( 472 ) Hacienda Pública, IVA soportado
a
( 572 ) Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros 217.800,00

Por la disposición del préstamo promotor para pagar la certificación de obra

Debe Haber
180.000,00 ( 572 ) Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros
a
( 170 ) Deudas a largo plazo con entidades de crédito 180.000,00

Por la obtención del préstamo para pagar el IVA

Debe Haber
37.800,00 ( 572 ) Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros
a
( 520 ) Deudas a corto plazo con entidades de crédito 37.800,00

Por los intereses devengados a 31 de diciembre por los dos préstamos

Debe Haber
2.960,00 ( 662 ) Intereses de deudas
(2.400 + 560)
a
( 572 ) Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros 2.400,00
( 527 ) Intereses a corto plazo de deudas con entidades de crédito 560,00
Únicamente se podrán capitalizar como mayor valor del inmovilizado los intereses que se han devengado por el préstamo asociado a la construcción del activo y devengado por las cantidades utilizadas para su construcción, en concreto las 2.100 € mencionadas en el enunciado. No se podrán activar los intereses devengados por el préstamo solicitado para pagar el IVA.
Debe Haber
2.100,00 ( 231 ) Construcciones en curso
a
( 76 ) Incorporación al activo de gastos financieros 2.100,00

Casos y dudas planteadas por la comunidad

Gastos financieros activables en un inmovilizado financiado

Una empresa financia la adquisición o construcción de un activo y necesita decidir si los intereses del préstamo pueden activarse.

Los intereses solo se incorporan al valor del activo durante el período en que este se encuentra en curso, debiendo ser más de un año, y aún no está en condiciones de funcionamiento. En estas circunstancias debemos reconocer dichos intereses en la cuenta (527) Intereses a corto plazo de entidades de crédito.

Si el préstamo financia también impuestos o importes recuperables, como el IVA deducible, debe analizarse separadamente qué parte de la financiación está vinculada al activo y qué parte responde a necesidades de tesorería.

Clasificación de un préstamo entre corto y largo plazo

Al recibir un préstamo, la empresa necesita registrar correctamente la deuda y clasificar sus vencimientos.

El importe recibido se registra como deuda financiera y se desglosa entre corto y largo plazo conforme al cuadro de amortización. La parte que vence en los próximos doce meses se presenta como pasivo corriente.

Los intereses se registran por devengo como gasto financiero y no deben confundirse con la devolución del principal.

Intereses de un préstamo concedido por un socio

Una sociedad recibe financiación de un socio y se plantea cómo contabilizar los intereses devengados, aunque no se hayan pagado todavía.

Los intereses deben reconocerse conforme se devengan, con cargo a la cuenta de gasto financiero que corresponda, como (662) Intereses de deudas, y abono a una cuenta acreedora por intereses pendientes, como (528) Intereses a corto plazo de deudas cuando proceda.

Si existe obligación de practicar retención, esta debe liquidarse conforme al momento de exigibilidad previsto en el contrato y la normativa fiscal aplicable, mediante el modelo 123 del período que corresponda.

Préstamo concedido por la empresa a un tercero

Cuando la empresa concede un préstamo, el asiento inicial no es el mismo que cuando recibe financiación.

La entrega del dinero se registra como un crédito frente al prestatario, clasificado a corto o largo plazo según el vencimiento. Los intereses devengados se reconocen como ingresos financieros.

Los cobros posteriores deben separarse entre recuperación de principal e intereses, utilizando el contrato o cuadro de amortización como soporte.

Activación de gastos financieros en existencias

La duda surge al financiar existencias o promociones que requieren un período largo de producción antes de estar listas para la venta.

Los gastos financieros pueden incorporarse al coste de las existencias cuando son directamente atribuibles al período de fabricación o construcción y se cumplen los requisitos contables.

Si el bien ya está terminado o disponible para su venta, los gastos financieros posteriores se reconocen como gasto del ejercicio.

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