Cálculo deuda exigible de préstamos en situación de mora Cálculo deuda exigible de préstamos en situación de mora

Cálculo deuda exigible préstamos en mora
Desarrollado por: Julio Río Julio Río Bárcena

Por diversos motivos muchas personas y empresas no pueden hacer frente al pago de los préstamos o hipotecas que contrataron para financiar la compra de una vivienda, nave industrial, proyecto empresarial, etc. En estos casos y ante el impago de las cuotas del préstamo el banco procede a liquidar intereses de demora, hasta el momento de ejecución de las garantías, así como otras comisiones y gastos consecuencia de la reclamación de dicha deuda.

Con esta calculadora podrás calcular cual será el importe aproximado de los intereses de demora consecuencia del impago de un determinado número de cuotas. Además, en función del número de cuotas impagadas, el banco podrá exigir la cancelación total del préstamo, incluyendo el capital no vencido, lo que puede hacer que resulte muy dificultoso ponerse al día con posterioridad.

Limitaciones a los intereses de demora aplicables

  • Préstamos hipotecarios sobre viviendas contratados por personas físicas, el intereses de demora máximo conforme a la norma 5/2019 que se podrá aplicar, será el resultado de incrementar en un 3,00 % el tipo de interés ordinario devengado en cada momento, no liquidándose intereses de demora sobre los intereses ordinarios.
  • Préstamos al consumo contratados por personas físicas en su condición de consumidores, si bien no existe una limitación legal se considera abusiva cualquier cláusula que suponga un incremento del tipo de interés ordinario superior al 2,00 %.
  • Cuando el titular del préstamo o hipoteca sea una empresa o una persona física actuando en su condición de autónomo o profesional el tipo de interés de demora será el pactado por las partes.

Impago previo mínimo al vencimiento anticipado en la ejecución hipotecaria

  • Primera mitad de la hipoteca, se ha de producir un impago de 12 mensualidades o del 3% del capital.
  • Segunda mitad de la hipoteca, se ha de producir un impago de 15 mensualidades o del 7% del capital.
Importante:
Cálculo aproximado, no válido en procesos judiciales o extrajudiciales de ejecución de deuda, si precisa de un cálculo válido legalmente, utilice el servicio de Cálculo deuda préstamos en mora
Cálculo deuda exigible sobre hipotecas y préstamos en mora

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Notas de uso de la calculadora

El simulador esta diseñado para calcular préstamos en sistema francés con frecuencia de pago, cuotas, mensuales en situación de mora diferenciando entre préstamos hipotecarios destinados a la adquisición de primera vivienda, en este caso el interés de demora no podrá superar en tres puntos el tipo de interés ordinario vigente, y el resto de operaciones de préstamo en las que el tipo de interés de demora será igual al pactado entre las partes.

El simulador NO calcula intereses de demora sobre los intereses ordinarios ni capitaliza los intereses de demora calculados en periodos anteriores.

Variables de los cálculos

  • Finalidad y titularidad:
    • Hipotecas sobre viviendas cuyo titular es una persona física, en estos casos el tipo de interés de demora será igual al tipo de interés ordinario más un diferencial máximo de tres puntos devengándose exclusivamente sobre los capitales vencidos, si bien podemos modificarlo conforme a las características de la hipoteca o de su titular.
    • Préstamos con garantía personal, en estos casos distintas sentencias judiciales han fijado el tipo de interés máximo de demora en un diferencial del 2 % sobre el tipo de interés ordinario, si bien también podemos ajustarlo conforme a las cláusulas del contrato de préstamo.
    • Préstamos formalizados por empresas o por personas físicas en el ejercicio de una actividad profesional, las limitaciones en cuanto al importe de los intereses de demora son más laxas.
  • Importe pendiente del préstamo: se trata del capital pendiente de amortizar cuando dejamos de pagar la primera cuota del préstamo.
  • Tipo de interés ordinario: es el tipo de interés, en tanto por ciento anual, vigente del préstamo.
  • Tipo de interés de demora: es el diferencial sobre el tipo de interés de ordinario que nos liquidará el banco cuando impagados las cuotas de un préstamo. Este tipo de interés se devengará durante todo el tiempo que se mantengan capitales vencidos impagados.
  • Cuotas restantes: son los pagos que restan al préstamo para su amortización y conclusión de forma ordinaria. Por ejemplo si hemos contratado un préstamo a 5 años - 60 meses - y dejamos de pagar a los tres años, 36 cuotas pagadas, las cuotas restantes serán 24.
  • Número de cuotas impagadas: se trata del número de cuotas que se impagan previamente al inicio de la ejecución de las garantías fijadas en el contrato de préstamo o escritura hipotecaria.

Cuadro resumen de la deuda exigible

  • Capital no vencido, se trata del capital pendiente del préstamo que todavía no ha vencido pero que es exigible en caso de ejecución de las garantías del préstamo como consecuencia de un impago de las cuotas.
  • Capital vencido, se trata del capital que ha ido venciendo desde el momento en el que se dejan de pagar las cuotas del préstamo y hasta el momento en el que se fija el saldo para la ejecución de las garantías.
  • Intereses ordinarios, suma de los intereses ordinarios vencidos desde el momento en que se dejan de pagar las cuotas del préstamo hasta el momento en el que se fija el saldo para la ejecución de las garantías.
  • Intereses de demora, suma de los intereses de demora devengados durante todo el tiempo en el que se dejaron de pagar las cuotas del préstamo
  • Total deuda exigible.

Cuadro de evolución de la deuda exigible

  • Pago, número de orden de la cuota impagada.
  • Capital pendiente, capital ordinario pendiente en el momento en el que se liquida dicha cuota.
  • Capital vencido, importe del capital que se amortizaría, restándose del capital pendiente, en dicho pago.
  • Intereses ordinarios, importe de los intereses ordinarios devengados en dicha cuota y que conjuntamente con el capital vencido responderían al pago de la cuota.
  • Intereses de demora, importe de los intereses de demora devengados sobre los capitales vencidos en dicho pago. Por ejemplo en el pago número uno no tendremos intereses de demora, pues las cantidades impagadas todavía no han devengado intereses, mientras que en el pago número 4 los intereses de demora se calcularán sobre la suma de los capitales vencidos en los cuotas 1, 2 y 3.

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