Balance y Memoria Neca 5ª y 7ª.Valores Negociables. NV 8ª.

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Balance y Memoria Neca 5ª y 7ª.Valores Negociables. NV 8ª.

Temática

Balance y Memoria Neca 5ª y 7ª.Valores Negociables. NV 8ª.

Consulta

Relativa a la valoración y registro de las acciones recibidas como consecuencia de una aportación no dineraria consistente en activos y pasivos en los que el valor contable de los activos es menor que el de los pasivos.

Respuesta

Desde el punto de vista del inversor las aportaciones no dinerarias consisten en sustituir un conjunto de elementos patrimoniales por una inversión financiera en el capital de una sociedad. La realidad económica puesta de manifiesto en este acto es asimilable a las permutas del inmovilizado por lo que la Resolución de 27 de julio de 1992, de este Instituto por la que se dictan normas de valoración de participaciones en el capital derivadas de aportaciones no dinerarias en la constitución o ampliación del capital de sociedades, establece como criterio básico la no contabilización de los resultados positivos que pudieran ponerse de manifiesto en la operación en aplicación de los principios de precio de adquisición y de prudencia valorativa establecido en el artículo 38.1 del Código de Comercio, lo que obliga a contabilizar en su caso las pérdidas que se pongan de manifiesto.

Para el caso concreto en que la aportación no dineraria consista en un conjunto de activos y pasivos, en los que el valor contable de los activos es inferior a los pasivos, la empresa aportante dará de baja los elementos aportados y simultáneamente registrará por la diferencia una partida en el pasivo del balance que debe identificarse con "ingresos a distribuir en varios ejercicios". Dicha partida de ingresos a distribuir en varios ejercicios, se imputará a la cuenta de pérdidas y ganancias en el momento de su enajenación, de lo que se informará específicamente en la memoria.

De todo lo anterior, se desprende que las acciones recibidas, figurarán en el balance de la sociedad aportante por un valor insignificante, con objeto de que dicho documento refleje en la partida correspondiente a las inversiones financieras la existencia de las mismas, informando en la memoria sobre el número de las mismas, valor nominal y de emisión, así como su valor de mercado y cualquier otra circunstancia sustantiva relativa a dicha inversión.

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