Descripción
Uno de los créditos que nuestra empresa concedió a otra vinculada ha perdido, por diversos motivos, valor. Valorándse ahora en 3.000 euros menos que cuando se firmó, mas adelante se recupera 2.000 euros de valor. Esta corrección valorativa se contabilizaría así:
Debe |
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Haber |
3.000 |
(697) Pérdidas por deterioro de créditos a largo plazo |
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a |
(295) Deterioro de valor de créditos a largo plazo en partes vinculadas |
3.000 |
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Y mas adelante:
Debe |
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Haber |
2.000 |
(
295 ) Deterioro de valor de créditos a largo plazo en partes vinculadas |
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a |
(
797 ) Reversión del deterioro de créditos a largo plazo |
2.000 |
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